Ya estamos Navidad, el último feriado de este año 2024.

Este miércoles navideño es feriado irrenunciable. ¿Funcionará el comercio? Sí, pero no todo.

En T13.cl te explicamos cómo funciona la ley al respecto y lo que puede y no puede abrir este 25 de diciembre.

Navidad: El comercio que sí puede abrir el 25 de diciembre

Lo primero que hay que considerar es que el 25 de diciembre es uno de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables que hay en el año en nuestro país. Los otros son el 1 de enero, 1 de mayo, y el 18 y 19 de septiembre.

Estos días “serán feriados obligatorios e irrenunciables para todos los dependientes del comercio”, establece el artículo 2° de la Ley 19.973.

De lo anterior se desprende que ese día —25 de diciembre— el comercio no podrá funcionar, como son supermercados y malls.

Sin embargo, hay excepciones. Y es que según indica el mismo artículo de la mencionada ley, sí pueden funcionar en un día feriado obligatorio e irrenunciable los siguientes comercios:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento; tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados. 

Tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local.

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