Este martes 13 de febrero, la Ley N° 21.656, que consagra el derecho al olvido oncológico entró en vigencia tras haber sido publicada en el Diario Oficial.
La normativa surgió de una moción de los senadores Matías Walker (Demócratas), Juan Luis Castro (PS), Ximena Órdenes (PPD), Francisco Chahuán (RN) y Sergio Gahona (UDI).
Luego de la discusión parlamentaria, fue aprobada por el Congreso en enero del 2023 y promulgada por el Presidente Gabriel Boric.
En términos generales, la Ley N° 21.656 modifica la Ley Nacional del Cáncer y agrega un nuevo artículo que busca garantizar que en Chile, las personas que hayan padecido y sobrevivido al cáncer no sufran discriminaciones financieras tras superar la enfermedad.
En qué consiste y a quién va dirigida
La normativa establece que “serán nulas aquellas cláusulas, estipulaciones, condiciones más onerosas, exclusiones, restricciones o discriminaciones de cualquier otro tipo destinadas a quien haya sufrido una patología oncológica antes de la fecha de suscripción del contrato o negocio jurídico, cuando haya transcurrido cinco años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior”.
En concreto, la ley que consagra el derecho al olvido oncológico busca amparar a los pacientes oncológicos, quienes eran enjuiciados por la enfermedad al momento de buscar trabajo, solicitar seguros de salud, planes de Isapre, entre otras cosas.
Para evitar esta discriminación, “se prohíbe la solicitud de información oncológica o la obligación de declarar haber padecido una patología oncológica a la fecha de suscripción del contrato o negocio jurídico, cuando hayan transcurrido cinco años desde la finalización del tratamiento radical sin recaída posterior”.
Asimismo, el incumplimiento de la normativa “dará lugar a denuncias o acciones correspondientes” para sancionar la falta.