Este martes se publicó en el Diario Oficial el reglamento de la Ley No Chat, que aumenta las penas para las personas que estén mirando su teléfono u otro aparato electrónico mientras manejan un vehículo.
Los conductores que no acaten la normativa se exponen a multas que van hasta los 160 mil pesos y a la suspensión de licencia por hasta 45 días, en caso de ser la primera vez que incurren en la infracción.
En concreto, la modificación legal que fue aprobada en septiembre de 2021, agrega el numeral 5 en el artículo 199 de la Ley de Tránsito, trasladándose esta acción desde el marco de las infracciones graves a las gravísimas.
“Conducir un vehículo manipulando un dispositivo de telefonía móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga de fábrica incorporado en él, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, conforme a las especificaciones que determine el reglamento”, dice la ley.
Según informes de la Organización Mundial de la Salud, chatear y manejar es como haber bebido cuatro cervezas. Esto, porque la persona disminuye su atención a las condiciones de tránsito y se desconecta de su entorno en general.
Respecto a las multas, las infracciones gravísimas son sancionadas con multas entre 1,5 a 3 UTM ($74.584 – $160.169 aproximadamente), además de la suspensión de la licencia de conducir por un plazo entre 5 a 45 días, el cual puede ser aumentado de 45 a 90 días en caso de reincidencia.
Cabe señalar que en 2020 hubo que lamentar más de 21 mil siniestros de tránsito y 186 fallecidos por conductores que no estuvieron atentos a las condiciones del tránsito.