La Corte Suprema de Justicia de El Salvador declaró hoy (14.7.2016) inconstitucional la polémica Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz de 1993, que impedía investigar y juzgar a los responsables de crímenes de lesa humanidad cometidos durante el período de la guerra civil de la década de 1980. La guerra salvadoreña ocasionó más de 70.000 muertos, 8.000 desaparecidos y casi un millón de refugiados.
Protección de los derechos fundamentales
El fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) establece que la amnistía es contraria al derecho de protección de los derechos fundamentales, porque impide el cumplimiento de las obligaciones estatales de prevención, investigación, enjuiciamiento, sanción y reparación de las graves violaciones a dichos derechos.
Culpables de los crímenes de guerra
El informe de la comisión de la verdad, auspiciada por las Naciones Unidas (ONU) determinó que el ejército y los cuerpos de seguridad fueron culpables de más del 80 por ciento de los crímenes de guerra, entre ellos masacres, asesinatos selectivos, torturas y desapariciones forzosas.
Crímenes como el del arzobispo Oscar Arnulfo Romero, en 1980; la masacre de El Mozote de 1981, cuando fueron asesinados más de 1.000 campesinos, así como la masacre de seis sacerdotes jesuitas y dos de sus empleadas, no se han juzgado en El Salvador puesto que los jueces se han amparado en la citada amnistía de 1993.
La Sala también indica que la citada amnistía reviste la inconstitucionalidad debido a que "contradice el derecho a la indemnización por daño moral, pues obstaculiza e impide una forma de reparación o remedio que la Constitución y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos invocado, sí garantizan en los casos de graves violaciones a los derechos fundamentales".