Qué observar. El 13 de diciembre pasado la Contraloría General de la República emitió el reporte 419/2023 correspondiente al informe final sobre las pensiones de gracia del 18-O, detectando graves fallas en el proceso de validación a cargo del Departamento de Acción Social (DAS) de la Subsecretaría del Interior.
- En 79 páginas, analizó 144 pensiones de gracia otorgadas durante 2022, del total de beneficios otorgados entre los gobiernos de Sebastián Piñera y Gabriel Boric. Estas oscilaron entre los $283 mil y $567 mil mensuales, de por vida.
- De acuerdo con el reporte, se otorgaron en total 419 pensiones de gracia entre ambas administraciones, y no 418 como informó en septiembre el gobierno.
- También estableció que 58 beneficiados tenían antecedentes penales y no 40 como dijo en septiembre el subsecretario del ramo, Manuel Monsalve, cifra que luego corrigió a 41.
- El 16 de enero, el Presidente Gabriel Boric sostuvo que “hemos encontrado cerca de 50 pensiones de gracia de personas que cuentan con antecedentes penales”.
- El mandatario confirmó entonces que revocará administrativamente el beneficio en casos de condenados por algunos delitos graves, abriendo un flanco con el Partido Comunista (PC), que ha advertido con podría recurrir a organismos internacionales por el tema.
- El informe de Contraloría cuestionó, entre otros puntos, la falta de revisión de los antecedentes de los pensionados, planteando que el DAE se limitó a tener a la vista informes del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).
- Sostuvo que en 19 casos no había informes médicos que acreditaran las lesiones de los postulantes, o bien que se trataba de documentos ilegibles. El INDH, dijo, subsanó 9 casos.
- El organismo instruyó por tanto iniciar un proceso disciplinario para perseguir eventuales faltas administrativas.
- A continuación, las 7 fallas detectadas por Contraloría.
Deficiencias en la acreditación de calidad de víctima. “En el proceso de otorgamiento de las pensiones de gracia a personas afectadas en las manifestaciones iniciadas en octubre del año 2019, el INDH es quien acredita la calidad de víctimas de violaciones a los derechos humanos, constatándose que no se han determinado otras instancias de validación por parte de la Unidad de Pensiones de Gracia del DAS para confirmar o acreditar con diversas instancias la información remitida por el INDH”.
- “Siendo esta la única fuente de antecedentes para evaluar los casos, lo cual puede influir en una errónea determinación del daño, con el consiguiente riesgo de que se otorgue una pensión por un monto y/o plazo que no corresponda”.
Falta de antecedentes médicos. “Se constató que 19 expedientes de beneficiarios a la pensión de gracia en estudio, remitidos por el INDH a la entidad auditada para su evaluación, no presentaban antecedentes médicos, o bien, los respaldos correspondían a certificados médicos poco legibles, sin diagnóstico, con antecedentes contradictorios respecto del daño o con una fecha anterior a octubre de 2019, los cuales fueron presentados por el DAS a la Comisión Especial Asesora, sin que se hayan efectuado otras gestiones para su validación”.
- “De acuerdo la información complementaria remitida por el INDH, fue posible subsanar 9 de esos casos”.
- Los 10 casos restantes, planteó Contraloría, dan cuenta de que “el INDH no realizó indagaciones adicionales a los documentos entregados inicialmente por la víctima, para verificar los hechos relatados”.
- “Esta situación resulta relevante, pues el DAS, de la Subsecretaría del Interior, tampoco efectuó una verificación adicional de la información que remite en cada expediente ese Instituto”.
Faltas administrativas. “Tanto la Subsecretaría del Interior como el INDH deberán iniciar un proceso disciplinario con el objeto de investigar y perseguir las eventuales responsabilidades administrativas en los hechos descritos, debiendo remitir el acto administrativo que le da inicio y designa fiscal: en el plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción de este documento”. Los 58 condenados. “Se verificó que 58, de las 419 personas beneficiadas con una pensión, tienen antecedentes penales por condenas, con resultado de multa, prisión y reclusión o presidio, incluidos delitos violentos”.
- “En efecto, se tuvo a la vista antecedentes que dan cuenta de beneficiarios que tienen más de 10 condenas, por diversos tipos penales, entre los cuales se advierten delitos de estafa, tráfico y microtráfico de estupefacientes, producción de material pornográfico infantil, abuso sexual, robo con violencia, homicidio, lesiones en contexto de violencia intrafamiliar, entre otros”.
- “El haber contado oportunamente con la información advertida pudo ser útil para evaluar tanto la aprobación del beneficio, como las condiciones para su otorgamiento”.
Aumento de pensiones sin justificación. “Se constató que, además de no existir una instrucción formal para incrementar las pensiones de gracia que habían sido otorgadas conforme a la categorización original, no se evidenciaron antecedentes de respaldo que den cuenta de una nueva instancia de reclasificación de la gravedad de los casos en cuestión para otorgar tal aumento, pues las actas de las sesiones de la Comisión Asesora en las que estos se concedieron no establecen los antecedentes tenidos a la vista para fundar su decisión”. Tesorería no verifica documentos. “El proceso de pago de las pensiones de gracia se encuentra a cargo de la Tesorería General de la República, TGR, instancia que se inicia con la presentación directa que realiza el beneficiario ante ese organismo del decreto que le otorga la pensión, sin que exista un mecanismo de verificación de autenticidad de tales actos administrativos por parte de la TGR y, sin que conste que se hayan realizado coordinaciones al respecto entre esa tesorería y el DAS, con el consiguiente riesgo de que puedan presentarse a cobro documentos adulterados y se paguen pensiones a personas a las cuales no se le ha otorgado el beneficio”. Decretos sin notificación. “De los 233 decretos exentos totalmente tramitados, al 6 de junio de 2023, 57 de ellos, emitidos entre el 18 de octubre de 2022 y el 28 de marzo de 2023, no habían sido notificados y entregados a los beneficiarios. Además, a igual fecha, 42 de ellos fueron notificados y entregados a los beneficiarios con una demora mayor o igual a 40 días desde su total tramitación, y en 18 de estos casos, dicho período supera los 100 días”.
- “Por su parte, se constató que el DAS no cuenta con la copia de 38 actas de notificación y entrega de los decretos.
- “Lo reseñado no se ajusta al artículo 8° de la ley N° 18.575, que impone a los órganos de la Administración del Estado el deber de actuar por propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la simplificación y rapidez de los trámites”.