Qué observar. El jueves por la noche, segundos antes del plazo fatal de la medianoche, la subcomisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales ingresó sus propuestas con los derechos que estiman debieran estar garantizados en la nueva Constitución.

  • Se trató del resultado de 3 semanas de debate, donde quedaron de manifiesto las posiciones contrapuestas entre los comisionados expertos designados por el Congreso en materias que representaron algunos de los principales nudos de la desaparecida Convención Constitucional.
  • Entre los 6 integrantes de la subcomisión encabezada por la abogada Alejandra Krauss (representante de la DC), estaban la economista Bettina Horst (representante de la UDI) y el doctor en sociología Alexis Cortés (representante del PC), quienes hasta avanzada la noche del jueves ajustaron una propuesta conjunta, algo que no logró la disuelta Convención.
  • Ésta será sometida a votación la próxima semana por el pleno, donde deberá superar la barrera de los 3/5. Tras el ingreso de los artículos, está la posibilidad de presentar enmiendas con los puntos en que tengan diferencias.
  • Las propuestas ingresadas garantizaron el derecho de propiedad, incluyendo los “bienes incorporales” o sólo percibidos mentalmente.
  • A diferencia del texto elaborado por la Convención —ampliamente rechazado en el plebiscito del 4 de septiembre— mantuvieron la propiedad sobre los derechos de agua que establece la constitución vigente.
  • El texto de la Convención, impulsado en este tema por los denominados eco-constituyentes, reemplazaba este derecho por autorizaciones de uso de aguas, que serían “incomercializables” y estarían sujetas a justificación ante la Dirección de Aguas. La controversia generada entonces por la materia habría inhibido a los representantes de la izquierda de ser negociadores duros en este punto.
  • La propuesta también garantizó la libertad de los padres de elegir el tipo de educación que recibirán sus hijos, algo que está en la carta fundamental vigente y que también recogió el año pasado la Convención.
  • Dónde hubo innovaciones fue en el apartado sobre el trabajo, donde propusieron incluir en la Constitución el derecho al trabajo “decente”, concepto ausente de la Constitución actual. También se garantizó la libertad sindical y el derecho a huelga con restricciones para las Fuerzas Armadas y empleados de empresas esenciales.
  • En la Constitución vigente el derecho a huelga está recogido por negación, enumerando quienes no pueden realizarla.
  • A continuación, los detalles de los artículos ingresados.

Derechos de agua. “El agua, en cualquiera de sus estados, es un bien nacional de uso público. Los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”, consignó la letra N del artículo 1.

Libertad de elección en la salud. “El Estado deberá crear, preservar y coordinar una red de establecimientos de salud, de acuerdo con estándares básicos y uniformes de calidad. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona puede elegir el régimen de salud al cual adscribirse sea este estatal o privado”, consignó el artículo 1 b.

Libertad de las familias en educación. “Se reconoce el derecho y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos o pupilos, atendiendo su interés superior. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”, dijo el punto 1 c.

Derecho al trabajo decente. “El derecho al trabajo decente comprende el acceso a condiciones laborales equitativas, así como a una remuneración justa, la salud, la seguridad, el descanso y la desconexión digital, con pleno respeto de los derechos fundamentales del trabajador en el contexto laboral. La ley establecerá las condiciones para el ejercicio de este derecho”, dijo el punto D.

Derecho a huelga. “La Constitución garantiza el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses, el que se ejercerá dentro de la negociación colectiva en el marco de las leyes que la regulen. La ley podrá limitar este derecho únicamente respecto de las personas que trabajen en corporaciones o empresas que atiendan servicios esenciales de utilidad pública o cuya paralización cause grave daño a la salud, a la vida y a la seguridad de las personas”, consignó el punto E.

  • “No podrán sindicalizarse ni ejercer el derecho a la huelga quienes integren las policías y las Fuerzas Armadas”.

Seguridad social. “El Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes establecidas por la ley, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, desempleo, seguridad y salud en el trabajo, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias por ley. El legislador podrá establecer cotizaciones obligatorias”, dijo el punto F.

Daño medioambiental. “Toda persona debe contribuir a la protección del medio ambiente, y será responsable del daño ambiental que cause, en conformidad a la ley”, dijo el artículo 1 de la propuesta de medioambiente.

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