Este martes, la Sala del Senado aprobó el proyecto de ley que establece un 20% mínimo de música chilena y composiciones nacionales o de raíz folclórica en las radios.
El respaldo del proyecto contó con 16 votos a favor, seis en contra y tres abstenciones al último informe aprobado en la Comisión Mixta. Lo que la dejó en condiciones de convertirse en ley.
El cumplimiento del 20% se medirá en forma diaria, sobre el total de canciones emitidas durante la jornada de transmisión de cada emisora.
Un detalle importante es que se prohibirá que en horario nocturno (entre 22:00 y 06:00 am) se acumule más de la mitad de la emisión de música nacional.
La propuesta también establece que:
- Dentro del espacio destinado a la música nacional, se podrán incluir programas de difusión de música u otras expresiones culturales, de compositores, artistas o creadores indígenas.
- Exige destinar del porcentaje de música nacional, a lo menos un 25% a composiciones o interpretaciones musicales emergentes, entendiéndose por tales aquellas grabadas en fonogramas en los últimos tres años contados desde la fecha de la emisión radial; o a composiciones o interpretaciones de identificación regional o local, de acuerdo al área de concesión.
- Sanciona con multa de 5 a 50 UTM ($ 215.340 a $ 2.153.400) a la radioemisora que faltare a las normas sobre porcentajes mínimos de emisión de música nacional que se establecen, suma que se duplicará en caso de reincidencia.
- Instaura el 4 de octubre de cada año como el Día de la Música y de los Músicos Chilenos.