Esta tarde, la Corte Suprema confirmó el desafuero del diputado Rosauro Martínez (RN).
Tras una audiencia pública, en la que el tribunal escuchó los alegatos de las partes, finalmente se resolvió
La resolución sigue la línea de la adoptada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que dictaminó el 12 de mayo pasado la decisión sobre el congresista.
El parlamentario es acusado de tres homicidios en 1981, durante el régimen militar. En particular, es investigado por su responsabilidad en los homicidios calificados de Próspero del Carmen Guzmán Soto, Patricio Alejandro Calfuquir Hernández y José Eduardo Monsalve Sandoval, cuyos decesos ocurrieron el el 20 de septiembre de 1981, en el sector de Remeco Alto, comuna de Panguipulli.
El fuero parlamentario permite que un diputado o senador, desde el día de su elección, designación o incorporación, no pueda ser procesado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante, sin que antes exista un pronunciamiento de la Corte de Apelaciones respectiva.
Al ser desaforado, queda suspendido de su cargo y sujeto al juez competente para ser como cualquier otro ciudadano.