Aquí desde el año 2003 la colusión tiene una multa máxima de 30 mil Unidades Tributarias Anuales (25 millones de dólares).
De esta multa puede eximirse quien aún habiéndose coludido, reconoce el ilícito, se autodenuncia y aporta pruebas. Eso es la delacion compensada.
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