A comienzos de Marzo el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) informó la devolución de $5 mil millones de excesos en cotizaciones a sus afiliados.
En la ocasión fueron 100 mil usuarios los que registraban saldo a favor y pudieron retirar su dinero. Aunque desde la entidad advirtieron que según la normativa vigente, los excesos acumulados prescriben después de cinco años.
Es por eso que Fonasa hizo público el calendario que regirá para este tipo de pagos. La idea es que los usuarios revisen periódicamente si tienen dinero a favor en las cuentas del fondo.
Estas son las fechas a considerar
Procesos efectuados | Periodos de devolución | Mes de Ejecución |
Etapa 1 | Ene 2014 – Ago 2014 | Diciembre 2014 |
Etapa 2 | Ene 2012 – Dic 2013 | Enero 2015 |
Etapa 3 | Feb 2010 – Dic 2011 | Febrero 2015 |
De esta forma, en el mes abril de 2015 se completará la devolución hasta agosto de 2014. A partir de mayo 2015 se realizarán procesos mensuales de de actualización de nóminas.
¿Cuándo se generan excesos?
Se producen cuando los cotizantes y/o empleadores pagan en forma errónea, ya sea por doble pago, pago mayor al tope imponible, entre otras.
Doble pago. Renta imponible errónea Cotización mayor al tope legal de cotización del 7%. Término relación laboral Fallecimiento del cotizante Pago de cotizaciones por un trabajador con licencia médica