¿Y si se retira el requerimiento?: Los escenarios que podría enfrentar el tercer retiro en el TC
"El único camino es retirar el requerimiento ante el TC". Este fue el llamado que realizó el diputado RN Francisco Eguiguren durante su intervención en el debate en la Cámara de Diputados, donde se aprobó por 119 votos a favor y solo 17 en contra en tercer trámite el tercer retiro del 10%.
El llamado del parlamentario oficialista estuvo lejos de ser un hecho aislado. Durante la tarde de este viernes fueron 15 parlamentarios del mismo partido los que, a través de una carta, pidieron a La Moneda no seguir adelante con el requerimiento interpuesto ante el TC, que en diciembre pasado le dio la razón al Ejecutivo en cuanto a que los parlamentarios no contarían con atribuciones para legislar materias de seguridad social.
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Y desde la oposición, los emplazamientos a La Moneda fueron la tónica del debate: "Presidente, no siga actuando como un gerente de bolsa. Sea empático, escuche a la gente", manifestó el PS Marcos Ilabaca.
"Chile no necesita un gerente, necesita un demócrata, respetuoso de lo que decide este Congreso” dijo, por su parte, Diego Ibáñez, de Convergencia Social.
En tanto, el independiente Pepe Auth manifestó que si bien "soy contrario a los retiros, pero me parece completamente inexplicable que el Presidente haya decidido ir al TC".
Si bien el Congreso finalizó la tramitación, el tercer retiro no podrá ser promulgado hasta que el TC se pronuncie sobre el requerimiento presentado por La Moneda.
En relación a este tema, el gobierno informó momentos antes de las 19 horas que se encuentra explorando un acuerdo donde no se descarta la posibilidad de presentar un proyecto propio.
Pero, ¿qué viene en el TC y qué pasa si, hipotéticamente, La Moneda retira el requimiento como piden parlamentarios de oposición e incluso del oficialismo? Estos son los escenarios.
El trámite que viene en el TC
Los ojos están puestos en lo que pueda pasar en el Tribunal Constitucional (TC), que deberá pronunciarse respecto del requerimiento del gobierno, que plantea que el Congreso estaría vulnerando la carta magna que establece que solo el Ejecutivo tiene facultades para legislar este tipo de materias. En cuanto a los plazos, se espera que la resolución del TC pueda estar poco antes de las elecciones de mayo.
Primero, el tribunal deberá pronunciarse sobre si se acoge a trámite (si cumple requisitos de forma) y luego si se declara admisible, con lo que se entrará al fondo del caso y se citará a audiencias. Para estos efectos, el TC fijó audiencia para este martes 27.
En caso de que se declare admisible, el análisis del requerimiento podría tomar un plazo de hasta 20 días y en ningún caso menos de una semana (considerando los 5 días con que cuenta para el traslado de la causa y que las audiencias se deben citar para el día siguiente o subsiguiente).
Con estos antecedentes, el TC tomará una decisión, la que será inapelable. Si declara inconstitucional el proyecto (como lo hizo en el segundo retiro presentado por parlamentarios) este no podrá convertirse en ley.
¿Puede del gobierno retirar su requerimiento? ¿Cuál es la fecha tope?
La pregunta ha sido parte del análisis jurídico que han realizado los parlamentarios que buscan defender el tercer retiro ante el TC.
Consultamos a parlamentarios y constitucionalistas y todos coinciden en que en el caso hipotético de que La Moneda retire el requerimiento, esto deberá ocurrir antes de que el TC se pronuncie sobre la posibilidad de acogerlo a trámite. De ser así, este se tendrá como no presentado y la iniciativa podría ser promulgada.
Existen otros dos escenarios
En el caso -siempre hipotético- de que el Ejecutivo retire el recurso después de de que se acoja a trámite, el escenario se vuelve más incierto. Esto debido a que los ministros del TC podrían decidir seguir adelante con la revisión del recurso, en el entendido que se trata de un asunto que afecta a la constitucionalidad del país y que, al haber sido acogido a trámite, ya no solo le pertenece al Ejecutivo.
Otro escenario es que el TC solicite la opinión del Congreso antes de considerar el requerimiento como no presentado, cosa que no revestiría mayor complejidad considerando que fue aprobado en ambas cámaras por más de 2/3 de los parlamentarios.
Sin embargo, una fuente conocedora del tribunal asegura que La Moneda puede desitir en cualquier momento del proceso, dejando todo sin efecto.
El veto: la última prerrogativa de La Moneda antes de promulgar
Una vez que se resuelva el tema del TC, el proyecto llegará al Presidente Piñera, quien podrá promulgar el texto o vetarlo. Se trata de una prerrogativa que permite el gobierno forzar al Congreso a volver a discutir el texto.Hay tres tipos:
Veto aditivo: para discutir la adhesión de aspectos no considerados en el proyecto.
Veto supresivo: para eliminar un aspecto determinado de la norma.
Veto sustitutivo: para reemplazar algún aspecto de la norma por otra propuesta.