Tribunal Constitucional: ¿Quiénes lo integran y por qué podrían zanjar el tercer retiro del 10%?
Cuando el reloj marque las 9 de la mañana del martes 27 de abril, se dará inicio al pleno del Tribunal Constitucional donde se dará cuenta del ingreso del requerimiento de inconstitucionalidad ingresado por el Presidente Sebastián Piñera y que busca objetar las mociones que buscan permitir el tercer retiro del 10% en las AFP.
Ese día el relator Sebastián López dará cuenta de los ejes del documento de 142 páginas interpuesto por La Moneda y que -en síntesis- plantea que el Congreso estaría vulnerando la carta magna, que establece que sólo el Ejecutivo tiene facultades para legislar este tipo de materias.
Desde ya los ojos se encuentran puestos en el Tribunal, que sellará el destino de la iniciativa aprobada en tercer trámite este viernes por más de 2/3 de la Cámara, en una sesión que estuvo marcada por los emplazamientos a La Moneda a retirar el requerimiento.
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Los pasos son los siguientes: El TC deberá pronunciarse sobre si se acoge a trámite (si cumple requisitos de forma) y luego si se declara admisible, con lo que se entrará al fondo del caso y se citará a audiencias. Si se declara inconstitucional el proyecto (como lo hizo en el segundo retiro presentado por parlamentarios) este no podrá convertirse en ley.
Y, en caso hipotético de que La Moneda desista de su recurso -como han solicitado tanto desde la oposición como parte del oficialismo- este se tendrá como no presentado Para ver los escenarios ingresa acá.
En relación a este tema, el gobierno informó momentos antes de las 19 horas que se encuentra explorando un acuerdo donde no se descarta la posibilidad de presentar un proyecto propio.
En medio del interés por este organismo, en T13.cl te explicamos algunos datos clave:
¿Qué es el TC y cuáles son sus funciones?
Antes de responder esta pregunta es necesario explicar que es una Constitución. Para esto tomaremos la definición realizada por el académico Francisco Soto (y otros autores) en el libro "La Constitución en debate".
La carta magna, explican, "es la norma jurídica de mayor jerarquía de un Estado, que regula la organización y funcionamiento de los poderes públicos, limitando el poder político y garantizando derechos y libertades a las personas".
Dicho esto, entenderemos el Tribunal Constitucional como un organismo autónomo encargado de velar para que las leyes y otros cuerpos legales sean coherentes con la Carta Magna. Entre sus misiones contempla el control de las normas, la tutela de los derechos fundamentales, las cuestiones de competencia y la legitimidad del proceso democrático.
En el caso chileno, el Tribunal Constitucional fue creado en 1970, durante el gobierno de Salvador Allende, con el objetivo de subsanar incongruencias que existían entre la Constitución y las leyes. Si bien fue disuelto en la dictadura, fue repuesto con la Constitución de 1980.
El TC, sin embargo, fue sometido a una serie de cambios en las reformas a la Constitución realizadas en 2005, que modificaron el sistema de nombramiento de los ministros, eliminando toda injerencia de las FF.AA y el Consejo de Seguridad Nacional (Cosena).
¿Por qué el TC sellará el destino del Tercer retiro?
Porque dentro de sus atribuciones se encuentra resolver cuestiones de constitucionalidad surgidas durante la tramitación de proyectos de ley o reformas constitucionales. En este caso, el requerimiento presentado por el gobierno, que estima que el Congreso habría excedido sus atribuciones al legislar, a través de una reforma transitoria a la Carta Magna, un asunto de seguridad social.
Así, los miembros del tribunal analizarán el recurso y emitirán un fallo que es inapelable.
¿Cómo se elige a sus miembros y quiénes lo integran?
El TC se compone de 10 integrantes, de los cuales 3 son designados por el Presidente de La República, 4 por el Congreso y 3 por la Corte Suprema. Los ministros duran 9 años en sus cargos, que se renuevan por parcialidades.
Entre los requisitos para integrar el TC se encuentra ser abogado (titulado hace al menos 15 años), además de una destacada trayectoria universitaria o profesional.
María Luisa Brahm: La presidenta del TC es abogada de la UC y antes de llegar al TC fue integrante del Consejo de Alta Dirección Pública, del CNTV y directora ejecutiva del Instituto Libertad, centro de pensamiento de RN. Entre 2010 y 2013 fue jefa de asesores del primer gobierno de Sebastián Piñera. Asumió en el TC en 2013 e integrará el TC hasta 2022.
Iván Aróstica: El antecesor de Brahm en la presidencia del TC es abogado de la Universidad de Chile y permanecerá en tribunal hasta 2022.
Gonzalo García: Abogado y magíster en derecho constitucional de la UC. Desempeñó cargos de asesor en los gobiernos de la ex Concertación y entre 2006 y 2010 fue subsecretario de Guerra.
Juan José Romero: Doctor en derecho y académico de la UC. Asumió en 2013 en el TC por un periodo de 9 años.
Cristián Letelier: Abogado de la UC y ex diputado de la UDI entre los años 2011 y 2014.
Nelson Pozo Silva: Abogado de la Universidad de Chile y magíster en derecho penal de la Universidad de Sevilla. Ex integrante de la Corte de Apelaciones. Integrará el TC hasta 2024.
José Ignacio Vásquez: Abogado y magíster en Ciencia Política de la Universidad de Chile y magíster en Derecho Público en la Universidad de Los Andes. Integrará el TC hasta 2024.
María Pía Silva: Abogada y magíster en derecho en la UC, miembro fundadora de la Asociación de Derecho Constitucional y académica de la PUC. Integra el TC desde 2018.
Miguel Ángel Fernández: Integra el TC desde 2018 y ejercerá en el organismo hasta 2027. Es doctor en derecho y magíster en derecho público de la PUC. Ha sido académico en la Universidad de Chile, la Universidad de Los Andes, entre otras. Es autor de más de 50 libros relacionados a su especialidad.
Rodrigo Pica: Es abogado y magíster en Derecho Constitucional. Entre 2006 y 2018 fue relator y secretario del TC. Ejercerá el cargo hasta junio de 2021.