Tercer retiro del 10%: ¿Qué viene ahora tras aprobación en el Senado?
En una nueva derrota al gobierno, este jueves el Senado aprobó en general y particular el tercer retiro de los fondos en las AFP. La idea de legislar la iniciativa contó con 31 votos, de los cuales 7 pertenecen a la coalición oficialista.
El debate en el Senado estuvo cruzado por las críticas a la decisión del gobierno de llevar el proyecto al Tribunal Constitucional, entidad que ya rechazó que se permita realizar retiros a través de reformas transitorias a la carta magna.
¿Qué viene ahora y cuánto falta para que pueda convertirse en ley?
El tercer trámite (y una eventual comisión mixta)
Debido a que el Senado realizó cambios al proyecto originado en la Cámara, los diputados deberán volver a pronunciarse sobre el texto. Para esto se agendó una sesión especial, la que se realizará este viernes.
Si bien el Congreso busca aprobar cuanto antes el proyecto, pensando en ir en ayuda de las familias de clase media, en caso de que la Cámara rechace alguno de los cambios realizados por el Senado, el texto se irá a una Comisión Mixta, donde representantes de ambas cámaras deberán consensuar una redacción.
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El veredicto del TC
Pero los ojos están puestos en lo que pueda pasar en el Tribunal Constitucional, que deberá pronunciarse respecto del requerimiento del gobierno, que plantea que el Congreso estaría vulnerando la carta magna, que establece que solo el Ejecutivo tiene facultades para legislar este tipo de materias.
Aunque parlamentarios de oficialismo y oposición han pedido al gobierno que desista y retire su requerimiento, hasta el momento La Moneda ha defendido su decisión.
En cuanto a los plazos, se espera que la decisión del TC pueda estar poco antes de las elecciones de mayo.
Primero, el tribunal deberá pronunciarse sobre si se acoge a trámite (si cumple requisitos de forma) y luego si se declara admisible, con lo que se entrará al fondo del caso y se citará a audiencias.En caso de que se declare admisible, el análisis del requerimiento podría tomar un plazo de hasta 20 días y en ningún caso menos de una semana (considerando los 5 días con que cuenta para el traslado de la causa y que las audiencias se deben citar para el día siguiente o subsiguiente).
Con estos antecedentes el TC tomará una decisión, la que será inapelable. Si declara inconstitucional el proyecto (como lo hizo en el segundo retiro presentado por parlamentarios) este no podrá convertirse en ley