Fiscalía, SII y CDE solicitan al TC que declare inadmisible requerimiento de Contesse
Desde las 16.00 horas de este miércoles, la Segunda Sala del Tribunal Constitucional (TC) comenzó a revisar los alegatos de las partes frente al recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por la defensa del ex gerente general de SQM, Patricio Contesse.
El Ministerio Público, el Servicio de Impuestos Internos (SII) y el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentaron sus alegatos, así como Samuel Donoso, abogado del ex ejecutivo, y otros representantes que se hicieron parte.
Tras casi dos horas de exposición, el TC finalizó la audiencia y los integrantes de la sala se retiraron para deliberar sobre si aprueba o no la admisibilidad del requerimiento, resolución que deberían entregar prontamente.
El fiscal nacional, Sabas Chahuán; el subdirector jurídico del SII, Cristián Vargas, y el presidente del CDE, Juan Ignacio Piña, coincidieron en que el recurso no tiene fundamentos plausibles y no se explica cómo se podría pasar a llevar las normas constitucionales, apuntando que lo que finalmente se está cuestionando son procedimientos penales.
Los alegatos
Defensa de Contesse: Fiscalía no puede investigar "cuando se le ocurre"
Samuel Donoso, abogado de Patricio Contesse, afirmó que "no es que el Ministerio Público puede investigar cuando se le ocurre, tiene que haber un estándar". En esa línea, aseguró que deben cumplirse dos requisitos: que el hecho revista carácter de delito y que el Ministerio Público haya ejercido acción penal. "Ése es el tema que hemos sometido a conocimiento de este Tribunal", explicó.
No obstante, reconoció que "entre que presentamos el requerimiento y esta fecha, han cambiado muchas cosas (...) entre el lunes y hoy se han presentado una serie de acciones penales por parte del SII y una medida inducida, como la incautación de la información contable de SQM".
Citó el artículo 162 del Código Tributario para sostener su investigación, agregando que "el Ministerio Público informará al Servicio lo antes posible los hechos sobre los que tomará conocimiento".
"Lo que se puede colegir es que los hechos que puedan revestir características de delitos tributarios sólo pueden ser investigados previa querella. Sin tener querella o denuncia previa, esa actividad del Ministerio Público deviene en que se tornen inaplicable los artículos, en este proceso del Octavo Juzgado de Garantía", recalcó.
Fiscalía: Se pretende obtener un "pronunciamiento penal"
El fiscal nacional, Sabas Chahuán, hizo hincapié en que "no tenemos conflicto jurídico con el SII, ellos están ejerciendo sus labores y esas no entorpecen las de este órgano".
Respecto del requerimiento de inaplicabilidad solicitó que se declare inadmisible, porque en primer lugar, "la falta de fundamentos plausibles. Permanece la duda respecto de la calidad en que comparece el señor Contesse...hoy es un hecho público y notorio que no representa a SQM", dijo.
A la vez, deslizó que se buscaría "impedir, entorpecer, cuestionar o impugnar ciertas acciones investigativas que iba o hace este Ministerio Público", porque "lo que se pretende es obtener un pronunciamiento del TC por un conflicto que no es constitucional, es penal".
"Hay una colisión pretendida con el artículo 162 del Código Tributario y la pléyade de normas que alega vulnerada el requiriente (...) su cuestionamiento apunta a pretender desenmascarar una eventual colisión entre el artículo 162 del Código Tributario y el Código Procesal Penal".
El fiscal adujo que "si aparecen ilícitos tributarios, el Ministerio Público debe poner los antecedentes en conocimiento" y que "el Ministerio Público debe proceder a investigar los hechos delictivo con la mayor celeridad y prontitud y eso se pone en riesgo si se expone una condición previa".
SII: Se busca impugnar una "resolución judicial"
Cristián Vargas, subdirector jurídico del Servicio de Impuestos Internos (SII), aseveró que "el SII ha ejercido la facultad de interponer denuncias y querellas por delitos tributarios" y que, ante esto, "la discusión de autos ha perdido relevancia". Y resaltó que "el Ministerio Público siempre pudo solicitar la información", sobre delitos como cohecho.
Según detalló, "nunca es aceptable la presencia de grandes evasores, que eluden sus obligaciones tributarias, a diferencia de la gran mayoría de los chilenos" y que "creemos que el requerimiento de inaplicabilidad debe ser inadmisible".
A la vez, señaló que "el requerimiento, a juicio de este servicio, carece de fundamento plausible" y que el auto de Donoso, "se pretende impugnar una resolución judicial". En ese sentido, sostuvo que "el órgano encargado de velar la legalidad de los procesamientos es el juez de garantía".
Asimismo, insistió que "luego de analizar el requerimiento, podrá apreciar que se observa una falta clara de fundamentación plausible...por tanto pido declarar la inadmisiblidad".
CDE: "No cumple con las exigencias propias"
El presidente del CDE, Juan Ignacio Piña, apuntó que el requerimiento presentado "no cumple con las exigencias propias", ya que no contiene los fundamentos ni explica cómo se podría pasar a llevar una norma constitucional.
Al respecto, sostuvo que esto "no debería prosperar", considerando que es "muy difícil sostener que acá tengamos algo de carácter constitucional". Lo que se hace, recalcó, es "impugnar un sistema". "Falla este requerimiento en explicar cómo este estatuto, que regula la forma en que se realiza la investigación criminal, resulta contrario a la Constitución", agregó.
Piña aseguró que si desentraña la verdadera solicitud del requerimiento, "la verdadera impugnación, es la forma en que está llevando adelante una investigación del Ministerio Público": "Ese es el meollo de la discusión, dicta mucho de ser algo de carácter constitucional".
Asimismo, explicó que incluso en el caso de que llegase a haber algún conflicto entre la norma y la Constitución, la resolución no sería decisiva, porque el propio artículo 83 de la carta, le "permitiría al Ministerio Público seguir haciendo lo que está haciendo".
Por todo lo anterior, solicitó declarar inadmisible este requerimiento y que se deje sin efecto la resolución de suspensión del proceso.
Los recursos
El 11 de marzo pasado la defensa de Patricio Contesse, entonces aún gerente general de SQM, presentó una acción cautelar, a título personal, ante el Octavo Juzgado de Garantía para impedir que la Fiscalía realizara incautaciones en la compañía, lo que fue rechazado por el tribunal.
Tras el dictamen, y un día después de que el ejecutivo fuese despedido de la empresa, el abogado Donoso presentó el recurso ante el TC, quien acogió su tramitación y suspendió temporal y parcialmente la arista SQM.
En el transcurso, SQM decidió entregar la información contable de 2009-2014 al SII, desestimando su entrega al Ministerio Público. Pese a lo cual, el ente persecutor ofició al organismo fiscalizador el envío de la documentación.
Luego de esta acción, la defensa de Contesse presentó un recurso de aclaración donde calificó de "obstinada" la manera de actuar del Ministerio Público, y aseguraba que con esto se "elude de manera bastante burda los efectos de la resolución dictada por este Tribunal que suspendió el procedimiento".
Pese a los reparos, el SII entregó la información el viernes pasado a la Fiscalía.