¿Subordinación de las Fuerzas Armadas?: Qué dice la Constitución al respecto
"Muy orgulloso de poder representar a los chilenos y chilenas en este acto tan significativo de subordinación del poder militar a la sociedad civil. Impecable Parada Militar con honores a las Glorias del Ejército y a la historia de nuestra patria".
Este fue el controversial tuit que publicó el Presidente Boric durante la tarde de ayer lunes, luego de la conmemoración de las glorias del Ejército y que generó una serie de repercusiones especialmente en la oposición.
El ex ministro de Defensa durante el gobierno de Sebastián Piñera. Mario Desbordes, criticó la alusión y aseguró que "así como hay que cuidar las instituciones desde la ciudadanía, el Jefe de Estado debe empezar a actuar como tal, y no como diputado del Frente Amplio. Debe hablarle a la mayoría de Chile, no a su lote. Ese comentario podría entenderse en el año 90. Hoy es un gustito torpe".
La también ex ministra Karla Rubilar recalcó que "alguien debe decirle al Presidente Gabriel Boric que las Fuerzas Armadas tienen clarísimo su rol, por eso los chilenos las quieren. Es tiempo que sea el Presidente de todos y evite darse gustitos que generan mayor polarización. O lo que es más preocupante, ¿no están entendiendo nada?".
¿Dónde está estipulado el rol de las Fuerzas Armadas en el país en relación con el poder civil? Si bien existen leyes orgánicas que regulan cada una de las ramas militares, los principales lineamientos están contemplados en la Constitución.
El capítulo 11 del cuerpo normativo que dice relación con "Fuerzas Armadas, de orden y seguridad pública", además contiene sus principales funciones.
En el artículo 101 se indica que "las Fuerzas Armadas dependientes del Ministerioencargado de la Defensa Nacional están constituidas única y exclusivamente por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea. Existen para la defensa de la patria y son esenciales para la seguridad nacional".
"Las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública están integradas sólo por Carabineros e Investigaciones. Constituyen la fuerza pública y existen para dar eficacia al derecho, garantizar el orden público y la seguridad pública interior, en la forma que lo determinen sus respectivas leyes orgánicas. Dependen del Ministerio encargado de la Seguridad Pública", se añade a continuación.
Finalmente, se sostiene que "las Fuerzas Armadas y Carabineros, como cuerpos armados, son esencialmente obedientes y no deliberantes. Las fuerzas dependientes de los Ministerios encargados de la Defensa Nacional y de la Seguridad Pública son, además, profesionales, jerarquizadas y disciplinadas".