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Política

Servel da luz verde a partidos para elegir candidatos en consultas ciudadanas

Servel da luz verde a partidos para elegir candidatos en consultas ciudadanas
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El mecanismo no podrá ser denominado legalmente como "elecciones primarias" y no contará con propaganda, sino que con recursos de los partidos. La fórmula será aplicable para todas las colectividades que deseen elegir de esta manera a sus candidatos presidenciales.

Con fecha 22 de diciembre, el Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel) respondió al Partido Socialista su inquietud sobre la posibilidad de realizar una consulta ciudadana para elegir a su candidato presidencial.

La misiva, dirigida al secretario general de la colectividad, Pablo Velozo, da luz verde a la realización de este mecanismo para que los partidos políticos puedan definir a su abanderado para La Moneda bajo esta fórmula.

"Los partidos políticos se encuentran facultados para efectuar consultas ciudadanas, en concordancia con el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del SERVEL de fecha 5 de julio de 2016", señala el documento.

El mismo texto fue difundido como declaración pública del Servel para que el resto de los partidos políticos puedan aplicarlo en sus definiciones internas como instrumento.

"Las consultas pueden desarrollarse, en el entendido que es en cumplimiento de sus funciones, con dineros fiscales asignados al partido, sin propaganda y sin que la ley establezca una limitación respecto a las personas que puedan participar. Estas consultas pueden ser efectuadas en conjunto con otros partidos", sostiene el comunicado del Servel.

Sin embargo, pese a que no se permitirá propaganda, el Servicio Electoral plantea que "se podrán utilizar las redes sociales en tanto constituyen mecanismos de comunicación privada".

El texto sostiene además que "a fin de que esta consulta ciudadana tenga el carácter vinculante para el partido, requerirá, en todo caso, de un acuerdo posterior del Órgano Intermedio Colegiado (OIC) en conformidad a lo dispuesto en el citado artículo 26 letra f".

El Servel, en todo caso, no entregará padrones especiales de electores para consultas ciudadanas y asegura que dichos eventos se deberán denominar 'consultas', como señala la ley, "no debiendo ser llamados como “elecciones primarias”, nombre que la propia ley reserva para las elecciones que se hacen en conformidad a la Ley N° 20.640".

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