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Política

Servel: Ley de Cuotas debe cumplirse "por separado" en nóminas de candidatos a diputados y senadores

Servel: Ley de Cuotas debe cumplirse "por separado" en nóminas de candidatos a diputados y senadores
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El organismo electoral publicó hoy el instructivo que define cómo se aplicará la normativa en las primarias y en las elecciones definitivas de noviembre.

El Servicio Electoral (Servel) publicó este jueves el instructivo que define cómo se aplicará la exigencia del porcentaje de sexo a las candidaturas para las elecciones primarias del 2 de julio, y las definitivas que se realizarán el 19 de noviembre.

La normativa establece que hasta el año 2029 a los partidos políticos que los candidatos hombres o mujeres no pueden superar el 60% del total presentado a las elecciones definitivas.

De acuerdo a la ley 18.700, "este porcentaje será obligatorio y se calculará con independencia de la forma de nominación de las candidaturas. La infracción de lo señalado acarreará el rechazo de todas las candidaturas declaradas a diputados o senadores, según corresponda, del partido que no haya cumplido con este requisito".

Sin embargo, los partidos han acusado falta de claridad en la aplicación de la norma. 

Elecciones primarias

En el instructivo publicado por el Servel, se aclara que esta exigencia no se aplicará a las elecciones primarias, aunque aclara que si los partidos tienen una norma similar en sus estatutos es esa la que debe regir.

Pese a esto, se indica que si un partido decide elegir a sus candidatos en primarias, "sólo podrá someter a dicho procedimiento hasta el 40% del total de candidaturas a diputado o senador que pueda declarar en la elección definitiva, vayan o no en pacto electoral", exigencia que se aplicará por separado a las candidaturas de diputado y senador.

En tanto, se explica que en el caso de los partidos constituidos a nivel nacional y que vayan en forma individual, se podrá someter a primarias a un máximo de 73 candidaturas a senador y 12 a diputados. Para los partidos regionales, el cálculo del 40% deberá hacerse "sobre los cupos correspondientes a aquellas regiones en las que esté constituido".

Por su parte, si los partidos deciden hacer primarias dentro de un pacto electoral, deberán ajustar los cargos en competencia para cumplir con el límite del 40%. Esta limitación apunta a que los partidos cumplan con el máximo del 60%, lo que obliga a ajustar la proporción de hombres y mujeres a la lista de candsdatos para las elecciones definitivas usando otro método de nominación.

Elecciones definitivas

Para las elecciones de noviembre, el Servel señala que el porcentaje de 60% debe cumplirse en forma independiente por cada partido político, pese a ir en un pacto, y aplica a todas las declaraciones de candidatos en todas las regiones. Al igual que en las primarias, aplica por separado para los candidatos a senadores y diputados.

El porcentaje máximo debe cumplirse por separado a nivel del total de candidatos presentados a las elecciones definitivas de senadores y a nivel del total de candidatos presentados a las elecciones definitivas de diputados
Instructivo Servel

En cuanto a los independientes dentro de pacto, se sumarán a la lista de candidatos del partido asociado al pacto.

El Servel aclara que de no cumplirse la normativa, se rechazarán todas las candidaturas declaradas a senadores o diputados según corresponda.

Además, después de los 10 días siguientes al vencimiento de la fecha para declarar las candidaturas parlamentarias, el Consejo Directivo del organismo electoral verificará el cumplimiento del porcentaje de sexo exigido a cada partido. De no haber cumplido, el partido tendrá cuatro días hábiles para retirar candidaturas o declarar otras nuevas, lo que podrá hacer con afiliados al partido o independientes asociados.

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