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Proyecto que simplifica la Reforma Tributaria queda listo para su promulgación

Proyecto que simplifica la Reforma Tributaria queda listo para su promulgación
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Esto, luego que la Cámara aprobara en tercer trámite la iniciativa. Se convierte en el primero de los siete proyectos prioritarios del Gobierno en concluir su tramitación.

Con 82 votos a favor y 7 en contra, la Cámara aprobó este miércoles las modificaciones del Senado al proyecto de simplificación de Reforma Tributaria.

De esta forma, la iniciativa queda en condiciones para su promulgación y se transforma en la primera de las siete iniciativas prioritarias para el Gobierno que logra concluir su tramitación en el Congreso. Se espera que hoy se sumen otras dos iniciativas: financiamiento de campañas y ley de partidos. 

Entre las principales modificaciones del proyecto están las que afectan al impuesto a la renta, donde se busca evitar las interacciones de los regímenes de renta atribuida y semi-integrado, para simplificar su aplicación y reducir los espacios de elusión; evitar la atribución de rentas que no sean fácilmente verificables por el contribuyente; y evitar la atribución circular de rentas para evitar dificultades de estimación de las rentas finales.

Así, solo podrán optar por el sistema de renta atribuida las empresas que tengan socios, propietarios o accionistas que sean contribuyentes finales: personas naturales residentes en Chile contribuyentes del impuesto global complementario o personas no residentes en el país contribuyentes del impuesto adicional.

Con respecto al IVA en materia inmobiliaria, todas las viviendas que reciban un subsidio del Ministerio de Vivienda no pagarán IVA. Las operaciones de leasing también están incluidas. Con esto, nos aseguramos que todas las viviendas con subsidio estén exentas de IVA. 

También se simplifican las reglas para la aplicación del IVA en materia inmobiliaria. Por ejemplo, se dejan exentas de IVA a las promesas de venta, estableciéndose que el impuesto se pagará en el momento en que se concrete la compra, lo que facilitará el cumplimiento y la fiscalización.

También se precisó que la norma general Antielusión no tendrá efectos retroactivos. Esto quiere decir que no afectará en a actos o contratos concluidos con anterioridad a su entrada en vigencia, tomando los resguardos necesarios para evitar que esta precisión se constituya en una ventana de potencial elusión.

Durante la tramitación del Proyecto en la Cámara y el Senado se introdujeron diversas indicaciones que perfeccionaron el Proyecto de Ley. Particularmente, la norma de transitoria que regula la vigencia de la norma general antielusión, la que descarta cualquier tipo de retroactividad y que contó con el apoyo transversal de todas los expertos.

En materia de Impuesto a la Renta se simplificaron aún más los sistemas y establecieron precisiones en cuanto a la interpretación y aplicación de ciertas normas.

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