El Presidente de la República, Gabriel Boric, confirmó que el Estado de Chile se hizo parte de la demanda por genocidio que presentó Sudáfrica contra Israel, ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, y enfatizó que no se puede “ser indiferente” ante la situación en Gaza.
“El Estado de Chile se hace parte de la demanda de Sudáfrica contra Israel para la aplicación de la Convención de Prevención y Castigo del crimen de Genocidio. La comunidad internacional debe hacer todo cuanto esté a nuestro alcance para detener la masacre en Gaza. No podemos ser indiferentes”, escribió el mandatario en su cuenta de X.
La corte confirmó este viernes el ingreso de la acción chilena en el caso que impulsó Sudáfrica contra Israel en diciembre de 2023, cuando la Guerra en Gaza llevaba apenas dos meses.
Hoy, a casi un año del inicio de los ataques de Israel contra Gaza, Chile que había respaldado la causa que inició Sudáfrica contra Israel se hizo parte del caso.
Qué dice el escrito de Chile contra Israel
Desde el Ministerio de Relaciones Exteriores explicaron que el escrito nacional se centra en analizar disposiciones específicas de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (artículos I a VI y artículo IX), así como la posición de Chile sobre su interpretación.
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En el texto también se alude a la reciente Opinión Consultiva de la CIJ sobre las consecuencias jurídicas derivadas de las políticas y prácticas de Israel en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Este, del 19 de julio de 2024, en la cual se concluyó que el régimen de restricciones integrales impuesto por Israel a los palestinos en el Territorio Palestino Ocupado “constituye una discriminación sistemática basada, entre otras cosas, en la raza, la religión o el origen étnico”.
En la intervención nacional se sostiene que la CIJ debería dar especial importancia al contenido de las declaraciones de algunos funcionarios públicos israelíes de alto nivel, que han hecho llamamientos para matar a todas las personas que viven en Gaza o a ignorar su estatus civil. Asimismo, se afirma que la incitación directa y pública a cometer genocidio es un delito autónomo, castigado bajo la Convención, incluso si no produce el resultado esperado por el autor, si no existe relación causal entre el discurso y los actos posteriores, y si de ello no se deriva ningún acto de genocidio.