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Gratuidad universitaria en 2016: En qué consiste y a quiénes beneficia

Gratuidad universitaria en 2016: En qué consiste y a quiénes beneficia
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Con la aprobación de su glosa en la Cámara y el Senado, uno de los pilares de la reforma educacional ya es una realidad.

Luego de un extenso debate, el Senado despachó este viernes la glosa de la ley de presupuesto para iniciar la gratuidad universitaria en 2016, lo que permitirá financiar la matrícula y aranceles de estudiantes que pertenezcan a los cinco primeros deciles y que cursen estudios en determinados planteles. 

Se trata de una medida que beneficiará a más de 200 mil estudiantes. Sin embargo, durante el debate parlamentario se introdujo una serie de cambios, entre ellos la posibilidad de que otros 130 mil jóvenes puedan recibir un aumento en los montos de las becas Nuevo Milenio, destinadas a estudiantes de la educación técnico-profesional pertenecientes al 50% más vulnerable.

Dado que la Cámara y el Senado aprobaron las indicaciones del gobierno, el inicio de la gratuidad es prácticamente una realidad. 

El inicio de la gratuidad para el 2016 sufrió una serie de cambios desde que fue anunciado por la Presidenta Michelle Bachelet el pasado 21 de mayo, por lo que en T13.cl recopilamos los detalles de la medida ya aprobada.

¿Cómo funciona?

El gobierno entregará recursos a determinadas universidades, CFT e IP, los cuales no podrán cobrar aranceles, derechos básicos de matrícula, entre otros elementos a los estudiantes pertenecientes al 50% más vulnerable. 

A diferencia de una beca, a la gratuidad no se postula y no se firma ningún contrato: si el alumno cumple las condiciones, recibe el beneficio.

Sin embargo, una de las recomendaciones que hace el Ministerio de Educación a los alumnos que darán la PSU es que de todos modos postulen a las becas y créditos, puesto que pueden quedar fuera del beneficio ya sea por condición socioeconómica o bien porque la casa de estudios a la que ingresen no sea parte del sistema.

¿Quiénes podrán acceder al beneficio?

Los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser chileno o extranjero con residencia definitiva. En caso de los segundos, deberán haber obtenido su respectiva licencia de enseñanza media en Chile.
  • Pertenecer a los cinco primeros deciles de menores ingresos de la población del país, para lo cual se utilizará un instrumento de evaluación uniforme de situación socioeconómica.
  • No poseer título profesional o licenciatura terminal. Quienes posean un título de técnico nivel superior sólo podrán acceder a este beneficio para cursar un programa conducente a un título profesional o licenciatura.
  • En caso de haber iniciado su programa de estudios en un año anterior al 2016, el estudiante deberá haber permanecido en el mismo por un tiempo que no exceda de la duración nominal de éste.
  • Matricularse en una institución de educación superior elegible, y que ésta haya celebrado el convenio que se explicará más adelante.

¿Qué instituciones podrán tener gratuidad?

1) Universidades del Consejo de Rectores (estatales y privadas tradicionales).

2) Privadas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar acreditadas de acuerdo a la ley Nº 20.129, por 4 años o más
  • No contar con la participación, en calidad de miembros, asociados o beneficiarios de la respectiva corporación o fundación, según corresponda, de personas jurídicas de derecho privado que no estén constituidas como personas jurídicas sin fines de lucro.
  • Consagrar en sus estatutos el derecho a la participación de "al menos un representante de los estamentos estudiantil o personal no académico, sea con derecho a voz o a voto, en algún órgano colegiado de la administración o dirección central de la institución".

3) Centros de Formación Técnica o Institutos Profesionales que, al 30 de septiembre de 2015, cumplan con los siguientes requisitos: 

  • Estar organizados como persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro.
  • Contar con acreditación institucional vigente, de acuerdo a la ley N° 20.129.

¿Qué es el arancel regulado?

Antes de explicar cómo funcionará el sistema es necesario aclarar que al arancel real (el que cobran las universidades) y el arancel de referencia (que fija todos los años el Ministerio de Educación, para cada carrera y casa de estudios), se suma un nuevo concepto: el arancel regulado.

Según la Dirección de Presupuestos (Dipres), se trata del "promedio ponderado de los aranceles de referencia por grupos de programas de estudio de las instituciones que cuenten con el mismo número de años de acreditación y los derechos básicos de matrícula promedios". 

¿Qué condiciones deben cumplir las instituciones?

Las universidades deberán suscribir antes del 22 de diciembre de 2015, un convenio con el Ministerio de Educación, en el cual se comprometan a acceder al aporte para la gratuidad a través de una serie de condiciones, donde la principal es no cobrar ningún peso a los alumnos beneficiados.

El monto de la gratuidad por cada institución se fijará sumando dos factores:

  • "El resultado de multiplicar el valor del arancel regulado, por el número de estudiantes beneficiarios en los programas de estudios correspondientes, al año 2016". 
  • "El resultado de multiplicar la diferencia entre el valor del arancel real y el del arancel regulado, por el número de estudiantes beneficiarios en los programas de estudios correspondientes al año 2016". 

Con todo, el documento establece que "este valor no podrá superar el 20% del valor resultante del literal inmediatamente anterior".

Esta medida, en la práctica, significa que en caso que este valor supere el 20% la universidad deberá asumir el costo de la brecha.

Desde el Mineduc explican que como este cálculo se toma a partir de todas las carreras de una universidad, las posibles brechas en los programas más caros (por ejemplo, medicina) se compensarían con otros programas donde esta diferencia sea menor. 

¿Qué pasa con los estudiantes ya becados o que pretenden acceder a becas?

Además de la gratuidad, otros 130 mil estudiantes se verán beneficiados por un aumento de las becas Nuevo Milenio, destinadas a estudiantes de la educación técnico-profesional pertenecientes al 50% más vulnerable.

Por su parte, quienes no ingresen a la gratuidad mantendrán sus becas y créditos.

¿Cómo se calculará el arancel?

Según la minuta elaborada por la Dipres, esto será "mediante decreto dictado por el Ministerio de Educación, que deberá ser firmado por el Ministro de Hacienda, se determinará el valor del arancel regulado para cada programa de estudios".

Esta cifra se tomará en base al "promedio ponderado de los aranceles de referencia por grupos de programas de estudio de las instituciones que cuenten con el mismo número de años de acreditación y los derechos básicos de matrícula promedios. Dicho decreto dispondrá la fórmula de cálculo del arancel regulado".

¿Podrán subir las vacantes por carrera?

Una de las dudas que existía en torno al anuncio era cómo se iba a regular el sistema para evitar que aquellas universidades que ingresaran al sistema de gratuidad incrementaran en forma indiscriminada sus vacantes.

En este contexto, en primera instancia se estableció un límite donde las instituciones incluidas en gratuidad no podrían superar en un 2,7% la matrícula los estudiantes nuevos matriculados en 2015. Sin embargo, cuando este ítem se revisó en la comisión mixta de Hacienda fue desestimado, en su lugar las instituciones podrán pedir un aumento del límite con previa autorización de los ministerios de Educación y Hacienda.

¿Cuándo se conocerá el monto que recibirá cada institución?

A contar de diciembre de 2015. Desde esa fecha el Mineduc emitirá uno o más decretos donde detallará los montos que corresponderán a cada institución.  

Los recursos se entregarán mensualmente a las instituciones, dividiendo el monto total por los meses transcurridos entre la publicación del decreto y el mes de diciembre de 2016.

¿Qué pasará en 2017 con la gratuidad?

El gobierno ha señalado que ésta se trata de una medida transitoria, mientras se tramita en 2016 la ley que regulará el financiamiento y la institucionalidad de la educación superior.

Si bien el objetivo era alcanzar un 70% de gratuidad al final de este gobierno y llegar al 100% al 2020, estas cifras están en duda debido al menor crecimiento de la economía. 

Temas pendientes

El Senado, además, visó la indicación del Ejecutivo que reafirma el compromiso de impulsar el proyecto que permita a los IP y CFT traspasarse a corporaciones sin fines de lucro, con el fin de poder acceder a la gratuidad el 2017.

Dicha indicación pasó a tercer trámite en la Cámara de Diputados, y de no ser aprobada allí pasaría a comisión mixta.

Asimismo, también pasa a un tercer trámite la reposición de los recursos para Conicyt, que la Cámara Baja había reducido a sólo mil pesos como señal de protesta frente a la glosa.

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