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Política

Minsal responde a Corte Suprema y argumenta riesgo a la seguridad nacional e información sensible

Minsal responde a Corte Suprema y argumenta riesgo a la seguridad nacional e información sensible
T13
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A través de un informe, el ministro Enrique Paris respondió al máximo tribunal sobre su negativa de entregar información a la Fiscalía, referida a correos electrónicos del Ministerio de Salud y habló de “riesgos de incautación” de implementos para enfrentar la pandemia. Aseguró que "la diligencia completa resulta desproporcionada e innecesaria. En ningún caso 'indispensable'".

El ministro de Salud Enrique Paris respondió, este lunes, a la Corte Suprema con un informe la solicitud que le hizo el tribunal de detallar a qué se refería con “información sensible” y motivos de “seguridad nacional”, ante su negativa de entregar correos electrónicos entre el ex ministro de Salud Jaime Mañalich y su ex jefa de gabinete Itziar Linazasoro.

El principal motivo detallado por el secretario de Estado para negar la información al Ministerio Público en el marco de la investigación que busca establecer eventuales responsabilidades de Mañalich y otras autoridades de gobierno, fue que comprometía la seguridad nacional con información detallada de la adquisición de implementos para enfrentar el COVID-19.

“Las múltiples comunicaciones que se reciben en los correos electrónicos tienen relación con logística general de distribución de medicamentos, coordinación con la fuerza pública, comunicaciones con otros ministerios en atención al deber de la colaboración con otras autoridades para el resguardo de la salud pública”, dice el documento.

“La adquisición de implementos necesarios para enfrentar la pandemia, en un contexto de una verdadera ‘guerra comercial y política’ entre potencias mundiales, con riesgos de incautación en cualquier territorio, que pueden frustrar la futura recepción de los referidos insumos y su utilización a nivel nacional”, agrega.

En el texto, el doctor propone que en estos documentos que solicita el fiscal Centro Norte Xavier Armendáriz, de manera “imprudente” según dice, podría estar en juego “decisiones y estrategias sanitarias, en un entorno especialmente complejo, donde los distintos países han estado sujetos a las mismas limitaciones y escasez de recursos para contener la pandemia”.

“La correspondencia electrónica de las autoridades del Ministerio de Salud comprende decisiones en instancias de coordinación, estratégica y logística, respecto a la adquisición de insumos necesarios para enfrentar la pandemia, en un contexto de riesgo real de pérdida de dichos insumos por acciones de terceros países, y por otro, comprende decisiones sobre acceder a información relevante en el ámbito de la defensa nacional”, añade.

Información sensible

Otro de los motivos esbozados por la autoridad ha sido el mantener en reserva los datos de los pacientes contagiados con COVID-19, o cualquier otro tipo de enfermedad, que debe ser mantenido en carácter reservado.

“Corresponde a información sensible pues corresponde a datos de pacientes, lo que otorga el carácter de dicha información de reservada”, dice el documento.

“Su escrito no hace referencia a la información que se busca obtener, así como tampoco delimita el límite temporal de su obtención, pues que en caso de autorizarse por la Corte Suprema dicha diligencia, podrá obtener todas aquellas comunicaciones hasta el momento de autorizarse la realización de la diligencia”, agrega.

Otro motivo presentado por el ministro Paris y su abogado es considerar este procedimiento “innecesario” y también “desproporcionado” y asegura que la solicitud de esta información responde más bien a la importancia pública que tiene esta investigación, que podría involucrar también al Presidente Sebastián Piñera, a la subsecretaria de Salud Pública Paula Daza y al subsecretario de Redes Asistenciales Arturo Zúñiga.

“La diligencia intrusiva pretende justificar en el carácter de ‘gran connotación y trascendencia pública’ de los hechos, que en nada corresponde a la exigencia de gravedad del artículo 236 del CPP, ni menos existe referencia al carácter indispensable de la ausencia del conocimiento del afectado, a efectos de asegurar el éxito de la diligencia (…) la diligencia completa resulta desproporcionada e innecesaria. En ningún caso ‘indispensable’”, explica.

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