El 25 de enero del año se votó, en la Cámara de Diputados, una modificación legal que entre otras cosas estableció el mecanismo de cambio de medidores y cobro de éstos.
Las modificaciones que se aprobaron tenían su origen en solucionar los problemas derivados tras el terremoto que afectó a Coquimbo en 2015, movimiento telúrico que destruyó el tendido eléctrico y el cambio de empalmes y medidores estaba siendo cobrado a los afectados.
A discusión parlamentaria se ingresó un proyecto para que en este tipo de situaciones sea la empresa la que asuma el costo. El texto pasó al Senado, donde se incorporó al debate el hecho que los 6 millones de medidores que existen, en el 70% de los casos el dueño es el cliente y los otros son arrendados.
Por esto, se estableció que en caso de terremotos, tsunami u otra calamidad, aún siendo el cliente dueño de su medidor, el cambio por esa exclusiva razón lo debe asumir la empresa.
En una disposición transitoria se dejó por escrito que los decretos tarifarios podrán incorporar mayores costos asociados a estándares y exigencias de calidad. Cuando se exigió a las compañías eléctricas medidores inteligentes, ese nuevo costo se indexó a las tarifas, algo que ya está ocurriendo desde septiembre.