En condiciones de ser promulgado quedó el proyecto de ley que crea la figura del gobernador regional, figura que reemplazará al actual intendente como máxima autoridad regional.
Esto luego que este miércoles la Cámara de Diputados aprobara por 96 a favor y 13 abstenciones el informe de la Comisión Mixta con que se resolvieron las divergencias aparecidas en la tramitación y que ya fue aprobado el martes por el Senado.
La intención del Ejecutivo es que en el proceso electoral del próximo año junto a las presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales, se realicen también las primeras elecciones de gobernadores regionales, aunque queda pendiente tramitar una ley que fije las atribuciones de la nueva estructura.
Tras el despacho del proyecto, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Nicolás Eyzaguirre, dijo que para elegir a los intendentes en noviembre vía voto directo "es clave que el parlamento nos acompañe con la ley orgánica de elecciones y la ley orgánica de competencias.
Sobre esto detalló que esto debiera ser "en algún momento de abril" para que "para que pueda haber declaración de candidaturas, primarias, etcétera" y la programación sea a la par con las otras elecciones que se realizarán en 2017.
Durante la discusión del mismo surgieron diferencias respecto a diferentes puntos. Luego del trabajo legislativo, estos son los puntos más relevantes del proyecto.
Funciones del Gobierno Regional
Estará al mando de la administración de cada región y se le encargará el desarrollo social, cultural y económico de la región. Para esto gozará de personalidad jurídica de derecho público, tendrá patrimonio propio y estará constituido por un gobernador regional y por el consejo regional.
Gobernador regional con 40% de los votos
como sustituto del intendente, será el órgano ejecutivo a nivel local y presidirá el consejo regional. Su cargo será de elección popular y durará 4 años. Para ser electo necesita al menos un 40% de los votos válidamente emitidos luego de que el gobierno pactara con la oposición reducir el requisito inicial del 50%.
"Acá se está haciendo un esfuerzo para ir generando mayores atribuciones en las regiones y un mayor desprendimiento del poder (…). Aunque no sé si el 40% para la elección es el correcto", dijo el senador PPD, Ricardo Lagos-Weber, quien ya había planteado que la modificación correspondía a "un chantaje de la derecha".
Otro punto polémico de la tramitación fue el de las atribuciones, que finalmente serán determinadas por una ley orgánica constitucional y tendrán que ejecutarse en coordinación con los demás órganos y servicios públicos.
"Muchos creíamos que habría elecciones el 2017, lo que es una mera ilusión, no se concretará porque se debe sacar adelante las atribuciones", dijo en la discusión la senadora Lily Pérez.
Como requisito, se plantea ser ciudadano con derecho a sufragio, tener la idoneidad que la ley señale, y residir en la región a lo menos en los últimos dos años anteriores a su designación o elección.
Delegado presidencial
Durante la tramitación se incluyó la figura del "delegado presidencial" a nivel regional, un cargo elegido libremente por el Presidente de la república que será su representante local. Tendrá funciones de coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el Ejecutivo.
Además se crean las delegaciones provinciales, también con designación libre del Presidente.
Las funciones de las delegaciones se definirán por ley orgánica constitucional y los requisitos son los mismos que para ser gobernador regional.
Por último, la Cámara de Diputados podrá revisar acusaciones contra este tipo de autoridades por infracciones a la Constitución o los delitos de traición, sedición o malversación de fondos públicos.
Consejo regional como fiscalizador
Como contraparte del gobernador regional, un consejero regional podrá requerir al gobernador regional la información que sea necesaria para fiscalizar.
Lo mismo podrá hacer respecto al delegado presidencial.