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Las razones de la Corte Suprema para revocar el desafuero de Rossi

Las razones de la Corte Suprema para revocar el desafuero de Rossi
T13
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En el marco del caso SQM, el viernes pasado el máximo tribunal desestimó el desafuero por presuntos delitos tributarios cometidos por el senador. Voto de mayoría descarta dolo por parte del parlamentario.

Luego de que el viernes pasado la Corte Suprema revocara el desafuero del senador Fulvio Rossi, este miércoles se conoció en detalle la resolución. El ex militante socialista es investigado por presuntos delitos tributarios en el marco del caso SQM.

En el documento se consigna que la decisión se adoptó con un voto dividido en que ocho de los ministros votaron en contra.

En cuanto al voto de mayoría, que optó por rechazar la anterior decisión de la Corte de Apelaciones y revocar el fuero, se argumenta que en los antecedentes revisados no se puede "colegir que el imputado conocía y tuvo la voluntad precisa de facilitar documentos tributarios con el objeto de posibilitar la comisión del delito previsto". Es así que descartan dolo por parte del parlamentario. 

Sin embargo, el voto disidente plantea en el escrito que "no debe perderse de vista que, según se dijo y lo expuso el señor Fiscal Regional requirente, la presente solicitud de desafuero tiene por primera finalidad pedir la citación del senador señor Rossi a la audiencia de formalización bajo apercibimiento de ser conducido por medio de la fuerza pública".

Las veces anteriores en que Rossi ha sido citado para formalización se ha amparado en su fuero para no asistir. Pese a que la solicitud de desafuero se cayó, el senador podría ser requerido a partir del lunes, cuando deje de ser parlamentario.

Un escenario que la defensa de Rossi ha descartado, pues -bajo su interpretación- el caso se cae con el rechazo del desafuero. "Con esto se sobresee la causa aunque deje de ser parlamentario", aseguró a T13.cl el abogado Alejandro Espinoza.

Espinoza apunta al artículo 421 del Código Procesal Penal, que señala: "Si, en el caso del inciso primero del artículo 416, la Corte de Apelaciones declarare no haber lugar a formación de causa, esta resolución producirá los efectos del sobreseimiento definitivo respecto del aforado favorecido con aquella declaración".

En el escrito de la Suprema, sin embargo, el voto disidente plantea que "no debe entenderse equiparable a una decisión sobre el fondo del asunto".

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