La frase del fallo de La Haya que "reduciría" el ámbito de acción de la demanda de Bolivia
Un fallo que produce "emociones encontradas". Así reaccionó el agente chileno Felipe Bulnes tras conocer la resolución de la Corte Internacional de La Haya respecto del recurso de objeciones preliminares.
Esto pues si bien la Corte desestimó la objeción de nuestro país, emitió una frase que a juicio del equipo chileno es clave para la fase escrita y oral que protagonizarán durante los próximos años Chile y Bolivia.
Incluso, suponiendo el argumento de que la Corte llegase a la conclusión de que existe tal obligación, no le correspondería tampoco predeterminar el resultado de cualquier negociación que pudiera tener lugar como consecuencia de dicha obligación
Se trata de la siguiente: "si hubiese de examinarse el fondo de este asunto la Corte debería pronunciarse sobre los argumentos de cada una de las partes respecto de existencia, de la naturaleza y el contenido de la supuesta obligación de negociar un acceso soberano. Incluso, suponiendo el argumento de que la Corte llegase a la conclusión de que existe tal obligación, no le correspondería tampoco predeterminar el resultado de cualquier negociación que pudiera tener lugar como consecuencia de dicha obligación".
("Even assuming arguendo that the Court were to find the existence of such an obligation, it would not be for the Court to predetermine the outcome of any negotiation that would take place in consequence of that obligation", es la frase textual del fallo).
Para Bulnes, esta aclaración es fundamental: "hemos oído que la Corte ha declarado que entiende que la demanda boliviana no está pidiéndole a la Corte, y por ende no se siente llamada ni autorizada a hacerlo, a declarar un derecho a una salida soberana en favor de Bolivia, ni tampoco a determinar que la supuesta obligación que demanda Bolivia tendría un resultado predeterminado".
La Corte ha limitado evidentemente la petición boliviana. La Corte no se ha pronunciado ni está predeterminando un eventual resultado de una negociación
"Por lo tanto, se produce como consecuencia de esta decisión, un efecto que es significativo para el destino de este juicio, que es que la petición boliviana ha quedado significativamente reducida porque ya no estamos discutiendo el eventual derecho de Bolivia a una salida soberana, ni tampoco de una existencia de una obligación que tendría además sobre Chile la obligación de conceder un resultado, sino que sobre la obligación de negociar sin que se pueda pronunciar la Corte respecto de su contenido", sentenció.
En esta misma línea, el canciller Muñoz destacó que "lo fundamental es que aquí no está en cuestión la integridad territorial de nuestro país".
"La Corte ha limitado evidentemente la petición boliviana. La Corte no se ha pronunciado ni está predeterminando un eventual resultado de una negociación que es lo que se va a venir a discutir recién a partir de este momento", agregó.
La frase de la Corte también fue destacada por el analista Carlos Portales, quien en conversación con Tele13 planteó que "la Corte y acá ha sentado una doctrina importante en materia de materia de obligación de negociar".
"Una cosa es la obligación de negociar y otra cosa es la obligación de negociar con resultado, que no está en manos de la Corte", agregó.