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Política

“Hace un uso sesgado de la información”: La contestación de la defensa de Montes a la acusación en su contra

Agencia Uno - Ministro de Vivienda, Carlos Montes
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La defensa del ministro de Vivienda presentó un escrito de 175 páginas, en la que se dice que el libelo carece de hechos claros y concretos referidos al secretario de Estado.

La defensa del ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, en la acusación constitucional que enfrenta, ingresó la contestación al libelo acusatorio, y aseguró que se basa en hechos deficientemente relatados. 

La contestación ingresada la noche del martes cuenta con 175 páginas y desde el Ministerio de Vivienda dicen que la acusación carece de un mínimo de rigor jurídico. 

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El primer punto que cuestiona la contestación es que la acusación se basa en el principio de responsabilidad objetiva, es decir, que el ministro debería responder por cualquier hecho ocurrido en el ministerio. Sin embargo, desde la defensa aseguran que las acusaciones constitucionales se basan siempre en la responsabilidad subjetiva, que debe analizarse el grado de diligencia del ministro en sus actuaciones. 

La defensa del ministro Montes, que está encabezada por el abogado Pablo Ruiz-Tagle, dice además que la acusación se basa en hechos deficientemente relatados y sin sustento, que no permitirían configurar las causales de la supuesta vulneración a la Constitución y las leyes. 

“La acusación constitucional hace un uso sesgado de la información contenida en los informes de la Contraloría General de la República. Los acusadores exponen de forma parcial las deficiencias y observaciones detectadas por la Contraloría en el proceso de fiscalización llevado a cabo en las Seremi y Serviu regionales, con el objeto de imputar a este Ministro de Estado hechos acaecidos con anterioridad al 11 de marzo de 2022; y omitir deliberadamente que convenios tachados en las tablas de su escrito también fueron observados por la Contraloría”, dice el documento.

Agencia Uno - Ministro de Vivienda, Carlos Montes
Agencia Uno - Ministro de Vivienda, Carlos Montes

“La deficiente relación de hechos de la acusación constitucional no permite configurar las causales de acusación invocadas por las y los acusadores. Debido a que el libelo acusatorio carece de hechos claros, precisos y completos referidos a la persona de este ministro, no es posible construir un nexo causal entre estos y los deberes jurídicos que denuncian infringidos en los capítulos acusatorios”, añade. 

Acusación contra Montes por Caso Convenios

El libelo presentado por el Partido Social Cristiano y apoyado por el Partido Republicano y parte de Chile Vamos consta de cinco capítulos, y acusan al ministro de no lograr control jerárquico en su cartera, tampoco eficiencia y eficacia en su ministerio, además de no lograr el cuidado del principio de probidad por el Caso Convenios. 

Recordemos que con un caso en Antofagasta entre la Fundación Democracia Viva y la Seremi de Vivienda se desató el Caso Convenios que hoy involucra a distintas instituciones del Estado y fundaciones de todo el país. 

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En la contestación del ministro Montes descartan que el secretario de Estado haya contravenido el principio de la probidad administrativa, realizando conductas que contravienen los deberes de eficiencia, eficacia y legalidad. 

“Nuevamente, el presente capítulo omite explicitar la causal constitucional que hace procedente la impugnación. Los acusadores no indican si la responsabilidad reclamada sematerializa en una infracción o en la inejecución de la Constitución Política o la ley –ni se refiere a los delitos de traición, concusión, malversación de fondos públicos o soborno contenida en el artículo 52 Nº 2 literal b); causales que serán ignoradas al no existir referencia alguna en el texto del escrito”, dice la respuesta.

“Como revisaremos, los acusadores desestiman parte de los hechos y razones por los cuales la conducta de este ministro no configura una falta al principio de probidad; mientras que –respecto de la denegación de entrega de correos electrónicos– ignoran la procedencia de derechos y principios constitucionales cuya titularidad corresponde a cada persona que impiden considerar mis acciones como vulneradoras del ordenamiento jurídico”, añade. 

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