Las indicaciones del gobierno al proyecto que despenaliza el autocultivo de marihuana
Manuel Saavedra y Pablo Cádiz
Este martes, el Ejecutivo ingresó indicaciones al proyecto de despenalización de la marihuana bajando aún más los números de plantas permitidas: una planta por domicilio y dos gramos de porte para consumo privado.
Originalmente, la iniciativa -que nació de una moción- modificaba el Código Sanitario y la Ley 20.000 para permitir el autocultivo de hasta seis plantas por persona, la utilización de la marihuana para fines terapéuticos y recreacionales y el porte máximo de hasta 10 gramos para consumo privado.
Se presumirá de derecho que concurre la circunstancia de uso o consumo personal y próximo en el tiempo cuando se posea, transporte, guarde o porte cantidades iguales o inferiores a dos gramos de cualquier especie, subespecie o variedades vegetales del género cannabis.
A inicios de septiembre el gobierno se reunió con parlamentarios de la Comisión de Salud para abordar el proyecto. Ya en esa ocasión se les había transmitido a los legisladores que se iba a proponer bajar el número de plantas permitidas y disminuir los gramos autorizados de porte. Sin embargo, en esa ocasión se hablaba de cuatro gramos, el doble de lo propuesto ahora.
Así, la nueva propuesta del gobierno permitiría el porte de un máximo de cuatro cigarrillos de marihuana (considerando que el gramage de un "pito" varía entre los 0,5 a 1 gramo).
Tras conocer la propuesta, la Karla Rubilar (Ind) señaló tajante que "el Ejecutivo está haciendo el ridículo. No sé bien a qué se refiere, no sé si no se dan cuenta de sus propias estadísticas, de las de la Fiscalía. ¿Van a seguir criminalizando a los consumidores? Al parecer el cambio de las sanciones es mucho mayor".
Se presumirá de derecho que concurre la circunstancia de uso o consumo personal próximo en el tiempo cuando el número de especies de cannabis plantadas, sembradas, cultivadas o cosechadas, no exceda de una planta
Según las indicaciones, quienes suministren cannabis a menores de edad arriesgan penas de "presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, y multas de 40 a 400 unidades tributarias mensuales".
De igual forma se castigará a quienes tengan una planta sin autorización. En concreto se señala que "el que, careciendo de la debida autorización, siembre, plante, cultive o coseche especies vegetales del genero cannabis, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo y multa de 40 a 400 unidades tributarias mensuales, a menos que justifique que están destinadas a su uso o consumo personal y próximo en el tiempo".
La discusión de este proyecto está programada para las 20 horas de este martes en la comisión de Salud de la Cámara de Diputados, donde están invitados el ministro del Interior, Jorge Burgos, el subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, y el director del Senda, Mariano Montenegro.
Comité Técnico Intersectorial para evaluar inclusión de nuevas sustancias a la norma
Por otro lado, en el artículo 63 se propone la creación de un Comité Técnico intersectorial, de carácter consultivo y permanente, que tendrá por misión proponer la inclusión de "nuevas sustancias estupefacientes o psicotrópicas, u otras con efectos psicoactivos que no se encuentren bajo control".
Se detalla que el comité estará compuesto por representantes del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, del Ministerio de Justicia, del Ministerio de Salud, del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, del Ministerio Público, del Instituto de Salud Pública, del Servicio Médico Legal, de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile.