El general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, recurrió al Tribunal Constitucional con el objetivo de que las causas en su contra se suspendan, y por tanto, su formalización -que está agendada para el próximo 7 de mayo- sea dilatada.
Yáñez es investigado en una causa de responsabilidad de mando y omisión en apremios ilegítimos ocurridos durante el llamado estallido social, que comenzó el 18 de octubre de 2019.
En el escrito se argumenta que "la investigación se funda en una elaboración de un tipo penal artificioso, alambicado que contiene una pretendida responsabildad de mando, que no es un elemento objetivo del tipo penal del delito de apremios ilegítimos".
Por otra parte, se señala que la solicitud de formalización del 7° Juzgado de Garantía de Santiago "contiene vicios que la hacen susceptible de ser anulada" y que, a la vez, "vulneró garantías constitucionales como el debido proceso".
Finalmente se solicita que el TC se pronuncie sobre el requerimiento y "ordene la suspensión inmediata del procedimiento en las dos causas pendientes, al momento de admitirlo".
La estrategia de la defensa de Yáñez
Tras conocerse que Yáñez sería formalizado, el medio Ex-Ante ha dado algunos detalles sobre la estrategia que seguiría su defensa, como que al momento de que se realice la audiencia, el general director de Carabineros participará vestido de civil.
El general Yáñez no tendría contemplado renunciar a su cargo y su idea es que la diligencia se postergue, al menos, hasta octubre, para alcanzar a terminar su mandato de cuatro años.
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El citado medio indicó en marzo que sus abogados Jorge Martínez y María Jesús Wielandt preparaban una batería de recursos legales apuntando a la forma y fondo de la formalización. Entre estos recursos, se contaba el requerimiento al TC.
Esta nota da cuenta de un proceso judicial que se encuentra actualmente en tramitación. Una vez finalizado, él o los involucrados en este reportaje podrían ser declarados inocentes, y/o los cargos desestimados según su mérito. En conformidad a la ley chilena , ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme.