Este 28 de octubre, se dará a conocer la lista de vocales de mesa designados para cumplir sus funciones durante las próximas elecciones presidenciales y parlamentarias del 19 de noviembre.
A nivel nacional, 214.450 vocales serán seleccionados por las juntas electorales para los 2.156 locales de votación, que albergarán 42.890 mesas receptoras de sufragios.
De acuerdo a los datos entregados por el Servicio Electoral (Servel), la Región Metropolitana lidera la nómina de ciudadanos designados, con 84.890 encargados para desarrollar este deber cívico en 710 locales. Le sigue la Región del Biobío, con 25.670 vocales de mesa en 286 establecimientos y la Región de Valparaíso con 22.980 vocales en 213 lugares de votación.
En el extranjero
Además, se designarán 486 vocales de mesas para 110 locales ubicados en el extranjero, que por primera vez participarán en una elección presidencial.
Argentina lidera la lista de vocales de mesas con 81 chilenos en 17 establecimientos de sufragio. Estados Unidos dispondrá de 57 ciudadanos en 9 locales y España, con 30 designados para 2 recintos.
Notificación
Para quienes sean elegidos como vocales de mesas o miembros de colegios escrutadores, se les comunicará su nombramiento por carta certificada si viven en Chile.
En tanto, para quienes residan en el extranjero, se les informará por medio de correo electrónico.
Allí se les indicarán las fechas, horas y lugar de constitución y funcionamiento de sus respectivas mesas o colegios escrutadores.
De esta manera, el próximo 18 de noviembre, cuando se constituyan las mesas receptoras por los vocales, éstos deberán asistir a una capacitación en el mismo local de votación.
Periodo de excusa
No obstante, el lunes 30 de octubre se dará inicio al periodo para presentar excusas, el que se extenderá hasta el jueves 2 de noviembre.
Las causales permitidas son:
- Estar ausente del país o encontrarse a más de 300 kilómetros del lugar de votación o en un lugar cuyas comunicaciones no sean expeditas.
- Tener más de 70 años.
- Estar física o mentalmente imposibilitado.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios los días de la elección
- Desempeñar en los mismos días y horas otras funciones que encomiende la Ley Nº 18.700.
- Mujeres embarazadas, dentro de las seis semanas previas al parto y hasta veinticuatro semanas siguientes a éste, se podrán eximir, acreditando su situación mediante certificado médico, o con la documentación que acredite estar recibiendo el subsidio a que se refiere el artículo 198 del Código del Trabajo.
El sábado 4 de noviembre se conocerá la nómina de reemplazantes de vocales de mesa. Estos, sin embargo, no podrán presentar excusas.