Suprema desestima acción del CDE y mantiene recurso de protección en favor de Leopoldo López
La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra la sentencia del mismo tribunal a favor de los ciudadanos venezolanos Leopoldo López y Daniel Ceballos, opositores a Nicolás Maduro que se encuentran detenidos en los penales de Ramo Verde y Guarico en Caracas.
En noviembre, la Corte Suprema acogió un recurso de protección en favor de López y Ceballos, e instruyó al gobierno chileno a requerir a la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA) que se constituya en los lugares de privación de libertad para constatar su estado de salud, sus impresiones e informe de dichas diligencias.
La sentencia, no obstante, fue criticada por el CDE que a comienzos de diciembre presentó un recurso de nulidad contra el fallo, cuestionando la competencia jurídica del tribunal en el tema. Esto fue desestimado de forma unánime.
Según la Suprema, la presentación realizada por el CDE fue “improcedente” ya que la sentencia está ejecutoriada. De igual manera, dicen que la solicitud es extemporánea, por cuanto el Ministerio de Relaciones Exteriores recibió una copia del recurso de protección en julio pasado y remitió a la vez una copia a la embajada de Venezuela.
De acuerdo con el máximo tribunal, la Cancillería “no ha dado cumplimiento a la resolución que solicitó al gobierno de Chile requerir de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos”. Así, señalan que se dejó sin efecto la medida y la Corte Suprema realizará directamente esta acción.
“El Ministerio de Relaciones Exteriores, a sugerencia del CDE, ha detenido de facto el cumplimiento de una decisión de esta Corte Suprema, sobre la base que éste órgano meramente asesor ha cuestionado sus fundamentos y reclamado una supuesta ilegitimidad, lo que precisamente prohíbe el texto constitucional transcrito en forma expresa”, plantean.
En esa línea, desde la Suprema argumentaron que el CDE “se ha atribuido una potestad de arbitrar lo que estima correspondería a la ‘política internacional’ del Estado de Chile, sin que ninguna autoridad constitucional lo haya denunciado”.
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