En un duro oficio fechado el 21 de abril, la Contraloría General de la República dio cuenta de los resultados de su revisión a la legalidad del actuar del Servicio de Impuestos Internos (SII) respecto a las investigaciones de financiamiento irregular de la política, donde varias empresas quedaron sin persecución penal.
En el documento firmado por el contralor Jorge Bermúdez, el ente fiscalizador se reconoce el hecho de que "las investigaciones de hechos constitutivos de delitos tributarios sancionados con pena privativa de libertad sólo podrán ser iniciadas por denuncia o querella del Servicio".
En ese sentido, se plantea que "pese a tratarse de una atribución discrecional del Director del SII, resulta indispensable que las decisiones que adopte en la materia tengan un fundamento racional".
"Es importante que estas no obedezcan al mero capricho de la autoridad sino a criterios objetivos que le otorguen legitimidad", se enfatiza.
Además, Contraloría plantea que "procede que el SIl adopte todas las medidas que resulten conducentes para ajustar sus actuaciones a lo prescrito en la normativa antes reseñada y a lo manifestado en el presente pronunciamiento".
"Las autoridades y los funcionarios del Sil están obligados a observar el principio de imparcialidad", se agrega.
El informe se conoce en medio de la polémica que se generó por la decisión de parte del SII de no perseguir penalmente a un grupo de empresas involucradas en financiamiento de la política en que estaban Aguas Andinas y Ripley. La resolución fue duramente criticada por el Ministerio Público, el fiscal nacional, Jorge Abbott, dijo que el SII ponía "una barrera infranqueable".
El director del SII, Fernando Barraza, se defendió en TVN planteando que "históricamente el SII ha utilizado la acción penal excepcionalmente" y que "nuestra misión no consiste en llevar contribuyentes a la cárcel".
Aunque en su momento el SII planteó que varias irregularidades tributarias se habían perseguido por la vía administrativa con imposición de multas, la Contraloría señala en su oficio que el ordenamiento jurídico entrega al Director del SIl la posibilidad de optar por instar a la aplicación de ambas sanciones".
El oficio de la Contraloría General de la República se inició a partir del requerimiento de Paulina Carrasco y Marisa Navarrete, quienes criticaban que el SII haya comenzado en el segundo semestre a presentar querellas "nominativas" -y no contra quienes resulten responsables-. Sobre este punto, Bermúdez señala que corresponde a "la estrategia judicial" del SII.
20 días para referise al caso Ominami
Como parte del oficio, la Contraloría dio un plazo de 20 días para que el SII se exprese respecto al caso del ex senador Carlos Ominami, cuya causa por aportes provenientes de SQM fue sobreseída debido a la prescripción de los hechos.
De acuerdo al requerimiento de Carrasco y Navarrete, el SII se querelló siete meses después de que el Ministerio Público comunicara su eventual participación en los hechos.
"Corresponde que el SII investigue las razones de la demora en el ejercicio de la acción penal en el caso en comento, para lo cual deberá sustanciar un procedimiento disciplinario", dice el oficio.