A través de banderazos y concentraciones, los ocho candidatos presidenciales darán inicio al periodo de propaganda electoral, de cara a las elecciones del próximo 19 de noviembre.
Desde este miércoles 20 de septiembre, los aspirantes a La Moneda, así como también los que compiten por un cupo en el Congreso o en los Consejos Regionales, podrán desplegar propaganda a través de la prensa y radioemisoras. Junto con esto, tendrán permitido hacer campaña a través de activistas o brigadistas en las calles, mediante el uso de banderas, lienzo u otros elementos no fijos. También tendrán la posibilidad de entregar material impreso u otro tipo de objetos informativos (como dípticos o revistas). Cada candidato deberá llevar registro de sus brigadistas y hacerse responsable de denunciar eventuales infracciones cometidas por ellos.
¿Qué pueden entregar los brigadistas?
Durante este mes estas serán las únicas formas de propaganda permitidas por la ley.
¿Qué no se puede hacer (aún)?
Recién el 20 de octubre podrán comenzar a desplegar propaganda en lugares plazas, parques u otros lugares públicos autorizados por el Servel, así como en espacios privados cuyas dimensiones no superen los seis metros cuadrados.
¿Cuáles son los lugares permitidos? Ingresa a este enlace
Dentro de lo prohibido, está portar carteles en el pick up de camionetas, instalar carteles o palomas en la parte superior de los automóviles, y poner propaganda en vehículos de transporte de pasajeros como taxis, buses y colectivos, entre otros.
Tampoco se permitirá la propaganda mediante medios aéreos, y el uso de parlantes, altavoces itinerantes o elementos similares. Además también está prohibida la exhibición de propaganda en cines, televisión abierta o limitada y en radios comunitarias o experimentales.
Gigantografías y "palomas" están prohibidas
Como parte de la nueva ley electoral que debutó en 2016, se estableció un límite en el tamaño de los carteles ocupados: 2 metros cuadrados máximo para lugares públicos y 6 metros cuadrados para espacios privados.
Tampoco están permitidas las "palomas", como se denominaba a los afiches desplegados en los postes de luz.