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Política

Cinco claves para entender el Control Preventivo de Identidad

Cinco claves para entender el Control Preventivo de Identidad
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Gobierno y diputados de la comisión lograron un acuerdo para destrabar punto de la agenda corta antidelincuencia.

Este miércoles la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó uno de los puntos más controversiales de la agenda corta antidelincuencia: El Control Preventivo de Identidad. 

La enmienda se aprobó por unanimidad, luego de un acuerdo entre el gobierno y los parlamentarios, que permitió destrabar este tema. 

El Control Preventivo permitirá a las policías pedir la identificación de personas en cualquier lugar, aunque respetando "la igualdad de trato y la no discriminación".

La ministra de Justicia, Javiera Blanco, reconoció que "yo sé que este ha sido un tema controvertido", pero destacó que "nosotros hemos logrado la aprobación de una herramienta que hoy día le va a permitir a las policías la facultad de pedir la identificación de las personas en cualquier momento y en cualquier lugar".

Blanco remarcó que esta facultad "va a tener un contrapeso, que es la publicidad que va a tener que hacerse en la página web, bimensualmente de la cantidad de reclamos que hay frente a un control, para lo cual van a haber formularios estandarizados en cada una de las unidades policiales". 

La titular de Justicia aseveró que el control preventivo "nos va a permitir trabajar más fuertemente en el orden público y seguridad pública".

Con todo, para que esto se transforme en ley queda un largo camino: deberá llegar a la Sala de la Cámara y luego al Senado.  Posteriormente, el texto deberá volver a ser visado por los diputados y, en caso de persistir las diferencias, pasará a una comisión mixta.

A continuación te entregamos cinco claves para entender de qué se trata y en qué términos se aprobó hoy el Control Preventivo de Identidad. 

¿Quiénes podrán realizar el control preventivo de identidad?

Según la indicación aprobada por los parlamentarios de la comisión, los funcionarios policiales -Carabineros y PDI- podrán realizar el control preventivo "en el cumplimiento de las funciones de resguardo del orden público y la seguridad".

¿Dónde se podrá realizar el control?

En cualquier parte. La enmienda permite el control "de cualquier persona en el lugar que se encontrare, por cualquier medio de identificación expedido por la autoridad pública, como la cédula de identidad, licencia de conducir y pasaporte".

La enmienda agrega que el funcionario policial deberá otorgar "facilidades" para que la persona pueda identificarse.

Esto marca un cambio respecto de la propuesta original del gobierno, que restringía el control a lugares de alta afluencia de público.

¿Qué pasa si una persona rechaza identificarse?

Si una persona se niega a acreditar su identidad o haciendo recibido las facilidades no fuere posible hacerlo, la indicación establece que "será trasladada a la unidad policial más cercana".

Se detalla que el proceso antes descrito no podrá extenderse por más de cuatro horas, tras lo cual la persona deberá ser liberada.

En caso que el individuo tenga órdenes de detención pendientes la policía procederá a su detención.  

¿Qué pasa con la Ley Zamudio?

Una de las principales preocupaciones de los parlamentarios del PS era que la normativa pudiera vulnerar los preceptos de la ley antidiscriminación.

Así, en el acuerdo suscrito hoy se señala que "en la práctica de la identificación se deberá respetar la igualdad de trato y no discriminación arbitraria". 

¿Cuáles son los resguardos que deberá tomar Carabineros?

El acuerdo establece que los funcionarios deberán exhibir su placa e identificarse al momento de realizar el control.

Junto con esto, las policías deberán elaborar un "procedimiento estandarizado de reclamo", que permitirá a aquellas personas que estimaran haber sido objeto de un control arbitrario puedan manifestar su disconformidad.

Las policías deberán publicar mensualmente las estadísticas de reclamos, desagregadas por sexo, edad y nacionalidad.

Adicionalmente, deberán realizar una cuenta al menos dos veces en el año ante el Ministerio de Interior sobre la frecuencia y lugares donde se concentra la mayor cantidad de controles preventivos de identidad por sexo, edad y nacionalidad. También deberán dar cuenta del número de detenciones por flagrancia que se dieran producto de este mismo control. 

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