Caso Penta: La UDI no sancionará a Novoa argumentando que no hubo "enriquecimiento personal"
El Tribunal Supremo de la UDI adoptó no sancionar a Jovino Novoa por la condena de tres años de pena remitida por el caso Penta. La información fue entregada a través del portal web de la bancada.
Los argumentos para dicha resolución recaen en que no habría existido "enriquecimiento personal", agregando que "este Tribunal Supremo entiende que no le cabe formular reproches a sus dirigentes o militantes que, para financiar la actividad política, se limitaron a actuar de esa forma que, hasta ahora, fue práctica generalizada, conocida y aceptada por todos los sectores".
Según informó la UDI a través de un comunicado en su sitio web, el ex timonel de la tienda puso a disposición de la instancia diciplinaria del gremialismo los antecedentes referidos a su situación judicial, tres días después de recibir la sentencia de parte del Octavo Juzgado de Garantía.
En el documento, se esclarece que: "En aquellos casos en que no haya existido ni se haya perseguido enriquecimiento personal y sin perjuicio de las responsabilidades legales individuales, este Tribunal Supremo entiende que no le cabe formular reproches a sus dirigentes o militantes que, para financiar la actividad política, se limitaron a actuar de esa forma que, hasta ahora, fue práctica generalizada, conocida y aceptada por todos los sectores.”
Durante el periodo que Novoa fue investigado, siempre fue repaldado por el partido y nunca sus integrantes se refirieron de manera despectiva a la figura emblemática.
Recordemos que mañana lunes 4 de enero, en una nueva audiencia en la Corte de Apelaciones de Santiago, se revisarán los alegatos que serán presentados por la fundación Ciudadano Inteligente para revisar la condena de tres años de pena remitida.