Cámara despacha al Senado proyecto que sanciona con cárcel la colusión
A su segundo trámite constitucional en el Senado pasó el proyecto de ley que moderniza la normativa de libre competencia, aumentando las multas y fijando penas de cárcel a los actos de colusión.
Esto luego que por unanimidad de los 106 parlamentarios presentes, la Cámara de Diputados aprobara en general la iniciativa. Luego, por 105 votos, se aprobó su articulado.
La colusión es un delito y tiene que sancionarse duramente
"Para nosotros como gobierno el hecho de poder establecer penas de cárcel es tremendamente relevante en la lucha contra los carteles. El Ejecutivo ha construido sobre lo que han sido muchas mociones parlamentarias en materia de criminalización de la colusión", destacó el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes.
El secretario de Estado remarcó que "no cabe ninguna duda que con este proyecto de ley estamos dando una poderosa señal a quienes dañan la libre competencia, a quienes dañan a los consumidores, de que serán sancionados duramente".
La iniciativa del gobierno se encuentra con discusión inmediata, luego que estallara el caso de colusión entre CMPC y SCA para fijar cuotas de mercado y concertar alzas de precios durante una década en productos de papel tissue, como el papel higiénico y servilletas.
Luego de este caso, el gobierno decidió dar un impulso al proyecto, que llevaba siete meses en su primer trámite legislativo.
El proyecto contempla en sus ejes:
1) Mayores multas: el doble de la ganancia obtenida por colusión
Uno de los ejes centrales del proyecto apunta a terminar con la “desproporción” que existe entre el tope de las multas fijadas en la actual normativa y los perjuicios causados.
Esto ya que la actual normativa fija multas de hasta 30 mil UTA (Unidades tributarias anuales), equivalentes a aproximadamente 25 millones de dólares.
Esto en muchos casos resulta inferior al perjuicio causado. A modo de ejemplo, en el caso de la colusión de los pollos el TDLC impuso la multa máxima de 25 millones de dólares. Sin embargo, el daño causado se estimaba en 1.500 millones de dólares.
En este contexto, el proyecto del gobierno apunta a pasar a un sistema de multa fija a uno variable, que contempla dos escenarios.
- Un límite máximo de multa del doble de la ganancia obtenida por el infractor o el doble de la pérdida causada a las víctimas.
- Una multa de hasta un 30% del valor de las ventas, multiplicado por el número de años en que se cometió la infracción.
2) Penas de cárcel: Incluye criterio de la "Ley Emilia"
Hasta el año 2003 Chile contó con penas de presidio menor en cualquiera de sus grados (de 61 días hasta 5 años) para quienes atentaran contra la libre competencia. Sin embargo, esta sanción nunca se aplicó, entre otras cosas por la falta de una institucionalidad para actuar frente a estos casos.
A más de una década de este cambio, el gobierno propone reponer esta pena a las conductas relacionadas con casos de colusión, recogiendo una serie de mociones ingresadas por parlamentarios de diversos sectores políticos.
En concreto se propone que aquellos ejecutivos que celebren, implementen o ejecuten acuerdos de colusión, así como las personas naturales que los organicen, como directivos de asociaciones o asesores, se establece una pena principal de crimen, es decir, reclusión mayor en su grado mínimo (de 5 años y un día hasta 10 años).
La Comisión de Constitución aprobó incluir los criterios de la denominada "Ley Emilia" a los actos colusorios, asegurando así al menos un año efectivo de cárcel antes de que los responsables puedan acceder a formas alternativas de cumplimiento de penas.
Junto con esto, los parlamentarios aprobaron que en caso que la colusión implique bienes de primera necesidad se apliquen penas por sobre los 7 años y medio de cárcel.
Junto con esto el proyecto del gobierno propone la inhabilitación para ejercer cargos públicos, así como de director o gerente de empresas del Estado por un plazo de cinco años.
3) Cambios en la delación compensada: Apuntan a restringir beneficios
La actual normativa contempla un procedimiento de delación compensada, a través del cual un actor que sea parte de la colusión podrá acceder a una exención o reducción de la multa cuando aporte a la FNE antecedentes que permitan acreditar la conducta o determinar responsables.
Lejos de una eventual eliminación del mecanismo, en el proyecto señalan que resulta “imprescindible” realizar modificaciones para que este mecanismo funcione “en forma eficaz”.
El texto sostiene que el beneficio debe ser superior a la multa. En caso de las sanciones criminales contenidas en el proyecto, el gobierno consagra conferir este beneficio al primero que aporte antecedentes.
En el caso del resto de los actores de la colusión, el proyecto elimina la restricción de que esta no pueda ser superior al 50% de la mayor multa solicitada para los demás ejecutores que no se hubieran acogido al beneficio que ascienda hasta una suma equivalente al doble del beneficio económico obtenido como resultado de la infracción, si es que éste puede ser claramente determinado por el Tribunal. En caso contrario, la sanción podría llegar al 30% de las ventas del infractor correspondientes al período durante el cual la infracción se haya prolongado.
El martes, la Comisión de Constitución aprobó restringir los beneficios otorgados por la delación compensada, para que sólo la primera empresa en autodenunciarse pueda eximirse de la sanción penal y del total de la multa.
4) Otros ejes del texto
Por otro lado, el proyecto contempla mecanismos para mejorar el control de fusiones en el sistema de libre competencia y entrega más capacidad a la Fiscalía Nacional Económica