La Cámara de Diputadas y Diputados rechazó la cuestión previa presentada por la defensa del ministro de Desarrollo Social, Giorgio Jackson, por lo que la acusación constitucional en su contra sigue su trámite.
La cámara baja, con los votos de la oposición y el centro político, votaron contra el argumento de la defensa de Jackson que cuestionaba la legalidad del libelo presentado por el Partido Republicano. El argumento de la defensa que decía que la acusación "no cumple con los requisitos que la Constitución señala", alcanzó 74 votos a favor, y necesitaba 78.
Diputados votan acusación constitucional contra ministro Jackson
Con el rechazo de la cuestión previa, la cámara baja discutirá el fondo de la acusación constitucional que asegura que el ministro de Desarrollo Social habría cometido “abuso de poder” en su cargo, principalmente en lo relacionado con la salida de la exseremi Patricia Hidalgo.
Ahora, la Cámara de Diputadas y Diputados analizará el fondo de la acusación constitucional. Todos los parlamentarios y parlamentarias que deseen pueden exponer en la sala de la cámara antes de emitir su voto.
Qué dice la acusación constitucional
El libelo se basa principalmente en la acusación de la exseremi de Desarrollo Social Patricia Hidalgo, quien aseguró que recibió “presiones indebidas” de miembros de la cartera para votar a favor de un proyecto medioambiental del que ella estaba en contra.
La acusación dice específicamente que Jackson habría cometido “abuso de autoridad y de poder, reflejado en un ministro de Estado que, por su cercanía con el Presidente de la República y su aparente inamovilidad, traspasó los límites de su propia autoridad, vulnerando la Constitución Política de la República”.
Este hecho relacionado con Hidalgo, que según la versión de Jackson fue desvinculada del gobierno por no haber denunciado una situación de abuso sexual al interior de una residencia del ministerio, está contenido en el capítulo 2 de la acusación constitucional.
Allí se le acusa de “infringir gravemente la Constitución y las leyes al vulnerar el principio de probidad y la imparcialidad dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y el haber acusado a una funcionaria de gobierno de delito como motivo de desvinculación del cargo, omitiendo como verdadera causa las 44 instrucciones indebidas que se le dio a dicha funcionaria en el marco del SEIA”.
Otro argumento, que se menciona en el capítulo 1 del libelo es que el ministro “ha ejecutado a noviembre de 2022 solamente el 42% del presupuesto asignado por la Ley de Presupuestos 2022 al Fondo de Tierras y Aguas”.
El capítulo 3 acusa al secretario de Estado de “dejar sin ejecución la Ley N° 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica normas legales que indica, por no implementar oportunamente en lo relativo a la atención de niños gravemente vulnerados en sus derechos”, mientras que el 4 lo acusa de dejar sin ejecución la Ley N° 21.430, sobre Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia, por no implementar oportuna y adecuadamente las Oficinas Locales de la Niñez”.