Este miércoles la Sala de la Cámara de Diputados tenía como primer punto de la tabla votar los cambios introducidos por el Senado al proyecto que otorga autonomía constitucional al Servicio Electoral (Servel).
La iniciativa se aprobó ayer por unanimidad por los senadores, quienes se mostraron a favor de entregar independencia al Servel respecto del gobierno de turno y acordaron prohibir que los miembros del Consejo del servicio sean reelectos.
Sin embargo, la votación quedó postergada para mañana jueves. Esto a solicitud de los parlamentarios de la Comisión de Constitución, quienes debían ausentarse de la sesión de Sala para continuar la discusión particular del proyecto que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación y mejora la persecución penal en dichos delitos.
Si bien se evaluó discutir hoy y votar mañana, se optó por trasladar ambas instancias para la sesión del jueves.
De ratificarse los cambios introducidos por la Cámara Alta, el proyecto quedará en condiciones para su promulgación. En caso contrario, la iniciativa pasará a una comisión mixta, donde se deberán zanjar las diferencias entre ambas corporaciones.
Los ejes del proyecto
El proyecto llega a la Sala de la Cámara en los siguientes términos:
- Otorga al Servel el carácter de órgano constitucional autónomo, encargado de la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios, del cumplimiento de las normas sobre transparencia, límite, control y aportes del gasto electoral, de las normas sobre los partidos políticos, y las demás funciones y atribuciones que señale una ley orgánica constitucional.
- La dirección superior del Servel corresponderá a un Consejo Directivo, cuya integración, responsabilidades, controles y causales de remoción de sus miembros se establecen en el proyecto.
- El Consejo estará integrado por cinco consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio.
- Integrantes del Consejo durarán 10 años en sus cargos, no podrán ser designados para un nuevo período y se renovarán en forma parcial cada dos años.
- Los Consejeros solo podrán ser removidos por la Corte Suprema, a requerimiento del Presidente de la República o de un tercio de la Cámara.