Qué es una acusación constitucional, de qué acusan a Piñera y cuáles son los pasos
Este martes se presentó la acusación constitucional en contra del Presidente Sebastián Piñera por su manejo frente a las manifestaciones que se registran a lo largo del país desde el pasado 18 de octubre.
En el documento, de 110 páginas, se pide la destitución del Presidente argumentando vulneraciones sistemáticas a los derechos humanos durante protestas. Además, se le acusa de haber comprometido "gravemente el honor de la Nación" y "haber infringido abiertamente la Constitución y las leyes".
Tras su presentación, el documento será analizado por una comisión —seleccionada al azar—, la que elaborará un informe sobre si procede o no formular esta acusación. Luego de eso, la Cámara votará el libelo.
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El Presidente Piñera será notificado este viernes y tendrá un plazo de diez días para entregar su defensa, la que puede ser por escrito o presencial.
Para la aprobación de la acusación, se necesita de mayoría absoluta en la Cámara de Diputados. Es decir, 78 votos. Si el trámite logra avanzar al Senado, requerirá dos tercios de quorum.
Sobre su aprobación, el diputado Jaime Naranjo aseguró que "tenemos muy claro que esta acusación constitucional probablemente no va a reunir los votos, pero el mérito de ella es otro. El mérito no es si se gana o se pierde".
¿Qué es una Acusación Constitucional?
Se trata de un procedimiento contemplado en la ley que faculta a los diputados a iniciar un juicio político a una autoridad por incumplimientos graves a su labor, infracciones a la Constitución o las leyes y abusos de poder o delitos, dependiendo de las causales específicas de cada caso.
Este juicio político establece una sanción que es la destitución del cargo público y, eventualmente, una inhabilitación por un periodo de tiempo para el desempeño de funciones públicas.
En la Constitución se explica que se puede acusar al Presidente de la República "por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes".
"Esta acusación podrá interponerse mientras el Presidente esté en funciones y en los seis meses siguientes a su expiración en el cargo (...) Para declarar que ha lugar la acusación en contra del Presidente de la República o de un gobernador regional se necesitará el voto de la mayoría de los diputados en ejercicio", indica el documento.