Vocales de mesa para el Plebiscito de salida: Quiénes pueden excusarse del deber y cuál es el plazo
Este 4 de septiembre se llevará a cabo el plebiscito constitucional en el que se decidirá si se aprueba o se rechaza la propuesta de nueva Constitución.
Como en cada elección, uno de los principales roles será llevado a cabo por los vocales de mesa, quienes deberán velar por el correcto desarrollo de la votación.
El voto es obligatorio: ¿Cuándo es el Plebiscito de salida por la Constitución?
El Servel ya informó quiénes fueron designados en este puesto. ¿Quiénes pueden excusarse del deber y cuál es el plazo? En T13.cl te lo contamos.
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Tres días de plazo
Este 13 de agosto, el Servicio Electoral (Servel) dio a conocer la nómina de mesas y de locales de votación para el plebiscito.
Estas incorporarán la novedad del mecanismo que privilegia la cercanía de los locales de votación con los domicilios electorales de las personas.
También se dio a conocer la nómina de vocales de mesa, los que se podrán excusar de su obligación bajo ciertas circunstancias.
En este contexto, quienes hayan resultado elegidos vocales de mesa tendrán plazo desde el 16 hasta el 18 de agosto para hacerlo ante la Junta Electoral que les corresponda.
Posteriormente, el 20 de agosto de 2022, los Secretarios de Juntas Electorales publicaran las nóminas de vocales reemplazantes para mesas.
Causales para excusarse
¿Quiénes se pueden eximir de ser vocales de mesa? Hay una serie de condiciones que permiten que las personas sorteadas se eximan de su obligación cívica.
Entre otras causales, está el tener más de 60 años de edad, el estar a más de 300 kilómetros de distancia del local de votación el día del plebiscito, las personas que cuiden a adultos mayores, etc.
Puedes ver todas las excusas para eximirse de ser vocal de mesa en este enlace.