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HidroAysén: "Acuerdo del comité de ministros pasó por sobre autoridad de sentencia de C. Suprema"

HidroAysén: "Acuerdo del comité de ministros pasó por sobre autoridad de sentencia de C. Suprema"
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Hoy finalizó la revisión de las reclamaciones presentadas por la empresa. El abogado del SEA aseguró que lo que hizo el comité fue elevar los estándares de evaluación. "HidroAysén tiene que entender que no podemos generar un nuevo Ralco", dijo.

Decisiones distintas con los mismos antecedentes y una resolución que pasó por sobre la sentencia de la Corte Suprema fueron parte de los elementos principales que argumentó HidroAysén para defender su reclamación contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).

Este jueves se realizó la segunda jornada y final de la audiencia donde el Tribunal Ambiental de Santiago revisó las dos causas interpuestas por la empresa contra las resoluciones del organismo, que la llevaron a perder la aprobación ambiental del proyecto.

El abogado de HidroAysén, Mario Galindo, destacó que la resolución del Comité de Ministros de junio de 2014 desde el "punto de vista del derecho es inadmisible", ya que "después de tres años de inactividad en una sola sesión se anuló lo resuelto y se invalidó la Resolución de Calificación Ambiental".

Con los mismos antecedentes el 30 de enero se dijo A, y en junio se dice exactamente lo contrario
Abogado de HidroAysén

Al respecto, precisó que "el Comité de Ministros modificó radicalmente pronunciamientos que había emitido un par de meses antes sin que nada hubiera pasado en cuanto al fondo", ya que aseguró el expediente administrativo  "no cambió exactamente nada". "Con los mismos antecedentes el 30 de enero se dijo A, y en junio se dice exactamente lo contrario, se revoca la calificación ambiental", resaltó.

Asimismo, el profesional acusó que "el acuerdo del comité de ministros pasó por sobre la autoridad de una sentencia de la Corte Suprema, eso es innegable". El máximo tribunal, precisó, en conocimiento de siete recursos de protección "señaló que no se advierte en la ilegalidad en la decisión de la autoridad recurrida, y esa decisión era la RCA". "La Corte Suprema declaró la plena legalidad de la RCA", agregó.

El acuerdo del comité de ministros pasó por sobre la autoridad de una sentencia de la Corte Suprema
Abogado de HidroAysén

En esa línea, apuntó que tal como dice el SEA es efectivo que eso puede discutirse, pero explicó que dado que es un "acto de carácter jurisdiccional" debe ser discutido en "otro proceso jurisdiccional, no en un procedimiento administrativo".

"El comité de ministros se pronunció sobre aspectos que la Corte Suprema no sólo conoció, sino que se pronunció específicamente y fundadamente en la misma sentencia, sólo que se hicieron pequeñas modificaciones. A mi juicio esa es una forma de eludir el fallo, es una forma de no cumplir el fallo y es una forma de eludir sus efectos", afirmó.

La defensa del SEA

Por su parte, el abogado del SEA, Carlos Sepúlveda, cuestionó el plan de reasentamiento presentado por la compañía, criticó la falta de información y que éste se basara en elementos condicionantes. Y apuntó que lo que lo que hizo el comité de ministros fue elevar los estándares de evaluación. "Lo que entendió acá el comité de ministros es que un proyecto por muy importante que sea, tiene que entregar toda la información en las etapas temprano de evaluación ambiental", aseguró.

HidroAysén tiene que entender que ya no estamos en 1997, tiene que entender que no podemos generar un nuevo Ralco
Abogado del SEA

"HidroAysén tiene que entender que ya no estamos en 1997, tiene que entender que no basta hacer una mera declaracion de intenciones en torno al cumplimiento de la normativa ambiental, tiene que entender que no podemos generar, como autoridad nosotros, un nuevo Ralco en la Patagonia", resaltó.

Y agregó que "nosotros como autoridad administrativa lo que hicimos fue elevar los estándares de evaluación ambiental, y efectivamente es así, no lo desconocemos". "Lo elevamos, porque entendemos que la autoridad administrativa si bien ha cometido errores, no puede, sólo por ese hecho, seguir cometiéndolos", añadió.

Como autoridad administrativa lo que hicimos fue elevar los estándares de evaluación ambiental
Abogado del SEA

Al respecto, apuntó que "el comité de ministros también entendió que nunca más si tiene que calificar en nuestro país favorablemente un proyecto que no hace cargo de su impacto, y que se legitime en base a meras condiciones".

Y concluyó que "la autoridad administrativa que represento, el comité de ministros y el director ejecutivo, ya fijó los estándares en materia de evaluación ambiental, juzgue usted si aquellos son los que queremos para nuestro país".

Los antecedentes

En marzo de 2014, el Comité de Ministros del entonces recién asumido gobierno de la presidenta Michelle Bachelet resolvió dejar sin efectos los acuerdos del Comité de Ministros del 30 de enero que había resuelto parcialmente los recursos de reclamación, y fijó un plazo de 60 días para resolver la totalidad de las reclamaciones.

Tras esto, en junio el comité volvió a reunirse, y determinó acoger las reclamaciones y rechazar por unanimidad el proyecto, con lo que resolvió dejar sin efectos la Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Ante esta situación, la empresa reclamó contra dicha resolución, recurso que fue acogido el 13 de agosto pasado por el Tribunal Ambiental de Santiago. Posteriormente, en Valdivia reclamó contra la resolución del director ejecutivo del SEA que le quitó la calificación ambiental favorable al proyecto, lo que fue acogido el 26 de agosto por el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia.

Luego de esto, la compañía solicitó unificar las causas en el Tribunal de Santiago, lo que fue rechazado por el Tribunal de Valdivia, que planteó una contienda de competencia, lo que fue desestimado finalmente por la primera sala de la Corte Suprema, que ordenó que se debía seguir en Santiago con la tramitación de los recursos de reclamación.

El tribunal revisa las dos causas interpuestas por la empresa contra las resoluciones del organismo, que la llevaron a perder la aprobación ambiental del proyecto, luego de que la Corte Suprema resolviera, en febrero pasado, unificarlas en una sola jurisdicción.

El martes pasado fue revisada la primera reclamación presentada contra la Resolución N°569, que invalidó los acuerdos tomados por el Comité de Ministros en enero de este año. En la ocasión, HidroAysén aseguró que una "falla institucional" y "efecto político" influyeron en rechazo al proyecto.

Este jueves, en tanto, se analizó la reclamación contra la Resolución N°570 del director ejecutivo del SEA que le quitó la calificación ambiental favorable al proyecto.

HidroAysén asegura que "falla institucional" y "efecto político" influyeron en rechazo al proyecto

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