¿En qué consiste el nuevo e-RUT que entrará en vigencia este 1 de julio?
Una buena noticia llega para los cerca de 28 mil contribuyentes que solicitan mensualmente la cédula RUT al Servicio de Impuestos Internos (SII).
A partir del 1 de julio estará disponible el nuevo Rol Único Tributario electrónico o e-RUT, que reemplaza al actual documento en plástico y que busca simplificar y facilitar el trámite de solicitud y obtención de cédula RUT.
La nueva cédula consiste en un archivo electrónico, que se obtiene de forma inmediata a través de sii.cl, sin costo para el contribuyente. Cabe señalar que el trámite asociado a la actual cédula en plástico tiene un cobro asociado a los duplicados, los que al igual que la cédula, debían retirarse en oficinas del SII, por lo que el nuevo sistema implica un ahorro tanto en tiempo como en dinero.
A continuación, revisa las principales características de este nuevo documento:
¿Qué es la Cédula RUT?
Es una tarjeta plástica emitida por el SII que permite identificar al contribuyente. Esta es requerida para ciertos trámites tributarios así como para realizar compras permitiendo recuperar el IVA pagado en éstas.
¿Qué es la Cédula RUT Electrónica o e-RUT?
Es un archivo en formato PDF, el cual puede ser impreso y guardado. En éste se identifica al Contribuyente, indicando su RUT, Nombre o Razón Social, Dirección Principal, N° de Serie, entre otros. A diferencia de la Cédula en formato plástico, la Cédula RUT electrónica o e-RUT es nominativa para el usuario (personas naturales) que el contribuyente designe, cuyos datos (nombre y RUT) también quedarán registrados en esta cédula electrónica.
¿Cuáles son los requisitos para obtenerla?
Para solicitar y descargar la Cédula RUT Electrónica o e-RUT se requiere haber obtenido RUT, tener clave secreta y haber realizado las acreditaciones de representantes legales correspondientes. Solo los representantes legales o el propio contribuyente podrán descargar cédulas RUT electrónicas, desde el sitio web del SII, menú Registro de Contribuyentes.
Para visualizar cédulas desde dispositivos móviles para exhibirla ante terceros, podrán acceder los usuarios autorizados, quienes autenticados con RUT y clave, podrán visualizar la cédula si ésta se encuentra vigente.
¿Cómo puedo obtenerla?
Desde el 1ro de julio a través de www.sii.cl, menú Registro de Contribuyentes, Opción Cédula RUT Electrónica, para acceder a solicitar emisión, consultar, invalidar o verificar validez, de las Cédulas RUT electrónicas. En dispositivos móviles, opción Cédula RUT Electrónica, disponibles visualización, verificación de validez, y otras que se agreguen posteriormente. Para solicitar en Unidades, presentando formulario F4426 disponible en www.sii.cl.
¿Quiénes pueden obtenerla?
Los que se encuentren inscritos en el RUT, en estado vigente, tales como:
- Personas jurídicas, sea que persigan o no fines de lucro.
- Comunidades, patrimonios fiduciarios y aquellos sin titular, sociedades de hecho, asociaciones, agrupaciones y demás entes de cualquiera especie.
- Personas naturales, a quienes, de acuerdo a la ley no procede que se les otorgue cédulas de identidad y desarrollen actividades para las que se encuentren legalmente habilitadas y que sean susceptibles de generar impuestos.
- Personas jurídicas, otros entes sin personalidad jurídica, o personas naturales extranjeras sin residencia que tengan RUT vigente otorgado por el SII.
¿Cuáles son los beneficios y obligaciones?
- No tiene costo para el contribuyente.
- El trámite se realiza en línea.
- Es nominativa a los usuarios.
- Debe exhibirse formato impreso o visualizado desde dispositivo móvil, junto a la cédula de identidad del usuario.
¿Qué pasa si tengo Cédula RUT en otro formato (plástico, cartulina)?
Las cédulas RUT otorgadas en formato plástico y las cédulas RUTs impresas por el SII en cartulina, mantendrán su vigencia sólo hasta el 31.12.2017. Las cédulas plásticas que hayan sido solicitadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Cédula RUT Electrónica que no sean retiradas, hasta el 31.12.2016 desde las Unidades correspondientes a la jurisdicción del contribuyente, serán destruidas.