El Servicio de Impuestos Internos presentó el jueves, en el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, una querella por delitos tributarios en contra de los hermanos Álvaro y Antonio Jalaff, fundadores del Grupo Patio, por la utilización de facturas falsas en sociedades que controlaban.
La acción penal, que también está dirigida en contra del contador Marcelo Medina de Gatto, les imputa la presentación de Declaraciones Anuales de Impuesto a la Renta maliciosamente falsas, al haber utilizado facturas falsas provenientes de las empresas controladas, con el objeto de aumentar indebidamente sus costos y/o gastos y, de esta forma, determinar y enterar en arcas fiscales un Impuesto de Primera Categoría inferior al que legalmente les correspondía pagar.
Concretamente, se les responsabiliza de ser autores del delito tributario del artículo 97 N° 4 inciso primero del Código Tributario, en carácter de reiterado, al haber presentado durante los años tributarios 2022 y 2023 declaraciones de impuesto a la Renta maliciosamente falsas, ocasionando un perjuicio fiscal que asciende a $161.744.998.
Esta querella se suma a otras acciones judiciales impulsadas por el SII en el denominado Caso Factop (del cual se derivó también el caso audios con el cual están íntimamente ligado). La primera querella que presentó la institución corresponde a noviembre de 2023 y se dirigió en contra de 4 personas entre las que destacan Daniel y Ariel Sauer, por el delito de facilitación de más de 9.000 facturas falsas a distintos contribuyentes, acción penal que hoy mantiene en prisión preventiva a los mencionados imputados.
¿Quién es César "Rumi" Ahumada? El "curandero vegetalista" que llegó con una mujer sin vida al Cesfam de Pirque
A esta acción se sumó, en agosto de 2024, una querella contra Luis Hermosilla, Leonarda Villalobos y Luis Angulo, en la arista caso audios, por delitos tributarios asociados a un perjuicio fiscal de $1.000 millones, por los cuales también se encuentran en prisión preventiva Hermosilla y Villalobos.
Finalmente, el SII precisó que no puede proporcionar antecedentes adicionales a los mencionados, en razón a que la causa en cuyo contexto se presentó ayer la querella mencionada se encuentra en condición de reservada por el tribunal.