¿Doble cobro? Las preguntas y respuestas tras el debut de cotización obligatoria para independientes
La principal novedad de la Operación Renta 2019, que se dio oficialmente por iniciada el pasado 1 de abril, es la cotización obligatoria de salud para los trabajadores independientes.
Sin embargo, este cambio generó críticas por parte de quienes realizaron su declaración de impuestos. A través de Twitter los cotizantes que pagan por su cuenta sus planes de Isapre denunciaron que a pesar de esto el Servicio de Impuestos Internos (SII) les descontaba igualmente el dinero del 10% de su boleta por este concepto.
A través de sus mismas redes sociales, Chile Atiende y el mismo SII respondieron a las consultas explicando que este cobro es para pagar la cobertura de salud en Isapre que el contribuyente tendrá entre julio de este año y junio de 2020. Por eso, las cotizaciones pagadas el año pasado no son consideradas durante la declaración.
Asimismo, en conversación con T13 Tarde la subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar explicó en base a esto que "no va a haber doble cotización".
"Quiero aclarar que no va a haber doble cotización, en ningún caso el trabajador va a tener que pagar dos veces por la misma cosa y eso quiero que sea una tranquilidad para todos los trabajadores que emiten boletas de honorarios", aseguró.
Zaldívar explicó igualmente que esta norma busca corregir una situación que ocurría antes: "Esta norma lo que buscó fue justamente corregir lo que ocurría en la ley anterior. En la ley anterior si yo no había pagado mes a mes mis cotizaciones previsionales, lo que correspondía era que el SII tomara la totalidad de mi devolución de impuestos y pagara toda la deuda del año anterior, lo que no me daba derecho a ninguna cobertura", explicó.
¿Tienes dudas? Acá explicamos algunas claves sobre el tema
Lo que debes saber de la Operación Renta 2019
- ¿Quiénes están obligados a cotizar?: Todos quiénes emiten boletas de honorarios por 5 o más Ingresos Mínimos Mensuales en el año calendario (1,4 millones de pesos al 2018), que tengan menos de 55 años los hombres y menos de 50 años las mujeres y que al 1 de enero de 2018 no estén afiliados en el IPS, Dipreca o Capredena.
En el caso de los que son dependientes y además emiten boletas, se hará el descuento a quienes en total tengan una remuneración inferior a los 25 millones de pesos al año, que es el tope imponible.
- ¿Cómo se pagarán las cotizaciones?: El pago será anual y se realizará en la Declaración Anual de Impuesto a la Renta que se realiza en abril de cada año, con cargo a la devolución de impuestos (inicialmente 10%). La ley aumentará gradualmente la retención del 10% que afecta a las boletas de honorarios en 0,75% por año partiendo en 2020 para así llegar al 17% en 2028.
- ¿Se puede cotizar por un monto menor?: La ley establece dos opciones de cotización. Una por el total de la renta imponible, con Cobertura Completa; y otra opción que le permitirá cotizar para salud y pensiones, por una base imponible menor, pero con Cobertura Parcial. Se podrá elegir entre ambas alternativas en cada Operación Renta en el período transitorio entre 2019 y 2028.
- ¿Cuáles son los beneficios a los que accederán los trabajadores?:
Los trabajadores independientes tendrán derecho a las siguientes prestaciones y beneficios de la seguridad social:
- Derecho a recibir Asignaciones Familiares por sus cargas.
- Cobertura del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales(ATEP).
- Derecho a pensiones invalidez, sobrevivencia y vejez, y cuota mortuoria.
- Derecho a cobertura de salud, tanto a prestaciones médicas como monetarias (pago de licencias médicas).
- Acceso al Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley SANNA)
-¿La información que entrega el SII en la declaración es definitiva?
No, ya que actualmente se realiza la etapa de propuesta de declaración y los usuarios pueden enviar sus indicaciones.