Saltar Aviso
SEGUNDA VUELTA
Revisa los gobernadores electos, región por región
Negocios

SII: 36.332 Pymes urbanas todavía no implementan sistema de factura electrónica

SII: 36.332 Pymes urbanas todavía no implementan sistema de factura electrónica
T13
Compartir
En dos semanas más, las empresas obligadas a facturar electrónicamente no podrán emitir documentos tributarios en papel y deberán inutilizarlos.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó este martes que a dos semanas de cumplirse el plazo legal que obliga a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) ubicadas en zonas urbanas a facturar electrónicamente sus operaciones, 36.332 contribuyentes pertenecientes a este segmento todavía no se han incorporado al sistema.

Cabe recordar que la Ley 20.727, estableció la incorporación paulatina de los distintos segmentos de empresa al sistema de facturación electrónica, en función de los ingresos percibidos durante el año calendario anterior o si la empresa se hallaba en zona urbana o rural.

De esta manera, las empresas de mayor tamaño están facturando electrónicamente desde noviembre del 2014 y los otros segmentos deberán sumarse de acuerdo con el cuadro adjunto:

Calendario según tamaño de empresas

Tamaño Ingresos anuales por ventas y servicios en el último año calendario Ubicación Fecha obligatoriedad
Grandes Mayor a 100.000 UF Todas 01.11.2014
Medianas y pequeñas Mayor a 2.400 UF y menor o igual a 100.000 UF Urbana 01.08.2016
Medianas y pequeñas Mayor a 2.400 UF y menor o igual a 100.000 UF Rural 01.02.2017
Microempresas Menor a 2.400 UF Urbana 01.02.2017
Microempresas Menor a 2.400 UF Rural 01.02.2018

Por lo tanto, los contribuyentes obligados a emitir facturas electrónicas a contar del 1 de agosto de 2016, son las pequeñas y medianas empresas ubicadas en sectores urbanos, con ingresos mayores a 2.400 UF y menores a 100.000 UF., las que en total corresponden a 119.956 Pymes.

Requisitos 

Los documentos que se deben emitir en formato electrónico son las facturas (exentas o afectas), facturas de compra, liquidación factura, nota de débito y nota de crédito. Las empresas obligadas a facturar electrónicamente desde el 1 de agosto no podrán emitir los documentos tributarios en papel autorizados previamente por el SII y deberán inutilizarlos.

Beneficios del nuevo sistema 

El uso de la factura electrónica trae asociados múltiples beneficios, que permiten obtener mejoras en los procesos de negocios de los contribuyentes, ya que disminuye sustantivamente los costos de facturación y los tiempos de emisión y recepción de documentos en general, facilitando el comercio en el país. Esto trae consigo un aumento de la productividad y competitividad de las empresas.

Entre las ventajas destacan: 

  • Mejora la rapidez y confiabilidad en el proceso de facturación.
  • Ahorro de tiempo, pues basta un computador y un certificado digital para su emisión.
  • Ahorro de dinero, ya que no requiere concurrir a una Oficina del SII a timbrar ni mandar a confeccionar talonarios en papel.
  • Disminuye el riesgo de pérdida de documentos en papel y permite el almacenamiento de respaldos en formato digital.
  • Permite diferir la fecha de pago del IVA del día 12 al 20 de cada mes.
  • Simplifica el cumplimiento de otras obligaciones tributarias.
  • La cesión de facturas es un proceso simple y en línea por Internet.

El SII ha desplegado un plan de acción dirigido a apoyar la incorporación de las Pymes al sistema. Con este objetivo se desarrolló un portal en internet sobre Factura Electrónica, donde el contribuyente puede encontrar toda la información relacionada a esta temática.

Señal T13 En Vivo
Etiquetas de esta nota