Sernac consulta a multitiendas por medidas ante nuevo estado civil
El Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, inició este martes un proceso de consulta a las multitiendas a raíz de la entrada en vigencia de la Ley de Acuerdo de Unión Civil (20.830). Esto, con el objeto en entregar productos y servicios con estándares de calidad, pero además lo hagan respetando la dignidad de las personas.
Es por ello, que este servicio comenzó a pedir información en lo referido a los beneficios y servicios que ofrecen a través de sus programas “Novios” y otros similares con la finalidad de conocer qué medidas implementarán en razón de los Acuerdos de Unión Civil que se comiencen a celebrar por parte de los consumidores que así lo deseen, y que den origen al nuevo estado de “conviviente civil”.
Es decir, se les solicitó preventivamente precisar qué servicios y beneficios se incorporarán en los programas destinados a estos consumidores y en qué plazos se encontrarán disponibles estas alternativas.
En este sentido, el Director Nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, explicó que los consumidores tienen derecho a no ser discriminados arbitrariamente por las empresas, ya sea por sexo, raza, condición social, orientación sexual, edad, por poseer alguna discapacidad o por su apariencia física, entre otros aspectos.
La autoridad recordó además que la Ley del Consumidor sanciona la negativa injustificada a la venta de un bien o la prestación de un servicio, estableciendo que ninguna empresa puede negar la venta de un producto o servicio en las condiciones ofrecidas y dentro del rubro del respectivo negocio.
Principales características de la Unión Civil
La Unión Civil es el contrato que pueden celebrar las parejas que hacen una vida común, a través del cual el Estado reconoce su nuevo estado civil y regula ante la ley diversos aspectos familiares, patrimoniales y de derechos de salud, laborales y previsionales de su relación. En el:
-Los contrayentes que celebren la Unión Civil pasan a ser convivientes civiles.
-El Acuerdo de Unión Civil rstablece que los contrayentes pasan a ser considerados por la ley como parientes. Además, entre un conviviente civil y los consanguíneos de su pareja pasa a existir también un lazo legal de parentesco por afinidad.
-Los convivientes civiles se deberán ayuda mutua y quedan obligados a solventar los gastos de su vida en común.