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Trabajadores públicos versus Estado: suben demandas y montos involucrados llegan a US$ 60 millones

Trabajadores públicos versus Estado: suben demandas y montos involucrados llegan a US$ 60 millones
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La presidenta del Consejo de Defensa del Estado señaló ante senadores que este procedimiento no es aplicable para los funcionarios públicos.

Todo un desafío está enfrentando el Estado en materia laboral. Mientras el Tribunal Constitucional (TC) señaló en diciembre que los trabajadores públicos no pueden recurrir a los tribunales de justicia por despidos arbitrarios, discriminación, violación a la libertad de expresión, entre otras causas, cifras oficiales revelan que dichas demandas no han hecho más que crecer en los últimos años.

Precisamente, los últimos datos del Sistema de Gestión de Causas (SGC) del Consejo de Defensa del Estado (CDE) muestran que en 2018 ingresaron a la justicia 905 demandas contra el Estado por tutela laboral que consigna el Código del Trabajo de parte de funcionarios públicos, las que involucran recursos por $ 42.750 millones, unos US$ 64 millones.

En 2016 sólo se contabilizaban 242 causas y al año siguiente un total de 276 por montos de $ 8.518,6 millones y $ 15.000 millones, respectivamente.

En suma, un 39% de todas aquellas demandas en las que el CDE defiende al Estado responden a razones de tutela laboral.

A nivel general, los requerimientos de este ámbito -ya sea del sector público como privado- han exhibido un aumento constante en los tribunales de primera instancia. Si en 2009 se habían presentado 562, el ejercicio pasado esa cifra alcanzó a 9.765.

La voz de los jueces

A fines de enero la presidenta del CDE, Maria Eugenia Manaud, dio su opinión ante la comisión de Trabajo del Senado sobre un proyecto que busca homologar el procedimiento de tutela laboral al sector público.

En dicha oportunidad, dijo que el Consejo no está de acuerdo con que la acción de tutela, con la legislación actual, se aplique a los funcionarios públicos.

“Estimamos que es necesario un tratamiento más integral del tema, no desconocemos que los trabajadores del sector público requieren una mejor regulación (...) pero el Código del Trabajo está pensado para relaciones de naturaleza privada entre trabajadores y empleadores del sector privado con su lógica propia”.

Bajo su óptica, “la legislación que existe hoy para el sector público está en relación a una concepción absolutamente distinta” y que la vía para ellos es la Contraloría General de la República.

El presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito Cruz, abordó este tema hace unos días en la exposición de su última cuenta pública. En la oportunidad, señaló que el fallo del TC dejó en evidencia la existencia de áreas cuyos límites “requieren análisis y observación crítica que conduzcan a superar un estado de tensión que, de ser exacerbado, puede afectar la estabilidad y seguridad jurídica”.

A juicio del magistrado, se trata de decisiones en las que se juegan “las características más propias de la juridicidad institucional, por lo mismo, de la mayor importancia para las estructuras de este orden”.

Debate entre expertos

Para el abogado Luis Lizama, de Lizama y Cia, el conflicto actual es producto de que la ley nunca se pensó para los trabajadores del Estado. Además, señaló que “cuando el funcionario reclama en Contraloría, la principal dificultad para él es que no tiene la posibilidad de conseguir interpretaciones laborales, no consigue ser indemnizado por años de servicio, no consigue ser reparado con sus remuneraciones. Hay un tema que tiene que ver con que la vía judicial le significa al funcionario la posibilidad de obtener compensaciones económicas”, dijo.

El director del grupo Laboral de Albagli Zaliasnik (AZ), Jorge Arredondo, agregó que desde el punto de vista jurídico se genera un problema de categoría entre trabajadores. “Si un funcionario sufre una eventual infracción ¿se ve limitado a recurrir a la Justicia por el solo hecho de prestar una función pública?”, acotó.

Jaime Salinas, director del Área Laboral en Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría, en tanto, comparte el planteamiento de Manaud. “El hacer aplicables a los funcionarios públicos, que se rigen por su respectivo estatuto, las normas del procedimiento de tutela laboral, desvirtúa el régimen constitucional y legal que les es propio, amén de abrir la intervención de los juzgados del trabajo en una materia respecto de la cual no han recibido expresa competencia legal todavía”.

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