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PGU: Hacienda propone aumentar impuestos a patentes mineras, bienes raíces caros y vehículos de lujo

PGU: Hacienda propone aumentar impuestos a patentes mineras, bienes raíces caros y vehículos de lujo
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Medidas buscan solventar un 0,67% del PIB para financiar la nueva Pensión Garantizada Universal.

Finalmente y tras largas jornadas de negociación, el Ministerio de Hacienda presentó hoy un set de modificaciones tributarias para financiar la creación de una Pensión Garantizada Universal (PGU), la cual tendrá un costo de 0,9% del Producto Interno Bruto (PIB).

Según explicó el ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, los ajustes buscan recaudar el equivalente a 0,67 puntos del Producto y contempla cambios a la tributación de las patentes mineras, la sobretasa a los bienes raíces de alto valor, un nuevo gravamen a los vehículos de alto valor y términos de beneficios para los retiros de excedentes de libre disposición, entre otros.

Por el lado de las patentes mineras, se puso sobre la mesa aumentar el plazo de duración de la patente de exploración de dos a cuatro años, pero eliminando la posibilidad de renovación. Adicionalmente, se aumentaría el monto de la patente de 1/50 UTM por hectárea a 3/50 UTM por hectárea.

A su vez, respecto a la patente de explotación, se mantiene la duración indefinida. El valor de las patentes ya otorgadas se mantiene solo para aquellas patentes que demuestren trabajo, pero se aumenta el valor de la patente no metálica al nivel de la metálica (1/10 UTM). Con respecto a los valores de las patentes de explotación, se crea una escala progresiva de acuerdo con el transcurso de los años para concesiones que no demuestren trabajos.

De implementarse el sistema de patentes progresivas, este podría aumentar la recaudación de US$ 60 millones a hasta US$ 430 millones, de los cuáles US$ 300 millones pasarían a ser recaudación del Gobierno Central y otra parte que beneficiará al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) y a las municipalidades.

Por el lado de los bienes raíces de alto valor, se propone aumentar la tasa para las propiedades que tengan un avalúo fiscal superior a los $ 900 millones, pasando de la tasa actual de 0,275% a 0,425%, con lo que se permitiría recaudar US$ 126 millones

Otros impuestos

Hacienda también propone terminar con la exención que beneficia a los contribuyentes que declaran renta efectiva mediante contabilidad completa y que tienen derecho a un crédito equivalente al 6% del valor de los bienes físicos del activo inmovilizado, adquiridos nuevos o terminados de construir durante el ejercicio. Este porcentaje puede disminuir hasta 4% según el nivel de ventas de la empresa y en ningún caso puede exceder 500 UTM ($15 millones).

La exención se eliminará para las empresas grandes, con una mayor recaudación estimada de US$ 16 millones.

A su vez, también se incorporan cambios a la tributación de los excedentes de libre disposición. Hoy, se pueden retirar libre de impuesto por un monto de una sola vez de hasta 800 UTM, o retirar hasta 200 UTM por año, con un tope máximo de 1.200 UTM. Lo que exceda de 800 o 1.200 UTM queda gravado con el Impuesto Global Complementario. Este beneficio tributario (de 800 o 1.200 UTM) es por una sola vez, es decir, una vez que entere alguno de los topes ya no puede utilizarse nuevamente. Esta exención se elimina, con una mayor recaudación estimada de US$ 24 millones.

En los productos de lujo, se propone incorporar un impuesto anual de 2% sobre el avalúo fiscal, que se paga de manera adicional al pago de permisos de circulación o equivalente, para vehículos de lujo como helicópteros de uso privado, aviones de uso privado, yates y automóviles con valor de tasación mayor a $ 40.000.000. La mayor recaudación de este nuevo impuesto alcanzaría los US$ 148 millones.

Una última modificación apunta al término del beneficio impositivo para los contratos de leasing.

Según Hacienda, el tratamiento tributario del leasing financiero difiere de su tratamiento financiero, ya que financieramente se reconoce la existencia de un financiamiento para la adquisición de un activo; sin embargo, desde un punto de vista tributario se trata como un arrendamiento con opción de compra. Esto implica que financieramente el adquirente del bien se hace dueño de este y aplica normas de depreciación, pero tributariamente se considera como un arrendatario que deduce como gasto las rentas de arrendamiento.

"Lo anterior genera distorsiones y planificaciones tributarias para aprovechar el gasto tributario representado por el pago de rentas de arrendamiento", advierte la cartera.

Así, se propone terminar con esta "divergencia" y que el tratamiento tributario del leasing sea equivalente a su tratamiento financiero, pues reconoce la realidad económica de la operación.

"Habrá que considerar la posible aplicación de impuesto de timbres y estampillas sobre el financiamiento, lo que podría implicar una recaudación adicional salvo que se establezca una exención especial" explica Hacienda. Esta modificación generaría ingresos por 0,1% del PIB.

De momento, la comisión de Hacienda del Senado continúa analizando las indicaciones para financiar la PGU.

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