Autopréstamo desde AFP: el monto que se puede sacar según la reforma de pensiones
Este miércoles la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó la idea de legislar la reforma de pensiones, aunque gran parte de su articulado, el corazón de la propuesta del gobierno, fue rechazada, por lo que deberá volver a ser discutida en el Senado. Sin embargo, una de las propuestas que sí tuvo el respaldo de los parlamentarios fue el autopréstamo.
Solo el autopréstamo y el aumento de la Pensión Garantiza Universal (PGU) a 250 mil pesos, que está condicionada a la aprobación del proyecto del Ministerio de Hacienda sobre cumplimiento tributario, avanzaron tal como las propuso el Gobierno de Gabriel Boric al Senado.
En qué consiste el autopréstamo de fondos AFP que propone el gobierno y que avanza en el Congreso
Qué dice el autopréstamo en la reforma de pensiones
La propuesta de autopréstamo que impulsa el Gobierno de Boric es una respuesta a la solicitud de parlamentarios de distintos sectores políticos que han intentado impulsar retiros de fondos de AFP, o autopréstamos, luego de los retiros del 10% que se produjeron durante la pandemia de COVID-19.
La idea está incluida en la propuesta inicial del gobierno y pese a que algunos sectores, como el Partido de la Gente (PDG) han pedido que se aumente el autopréstamo, de momento la medida sigue tal cual como se ingresó hace más de un año.
El autopréstamo corresponde al 5 por ciento de los fondos de ahorro previsional que tenga ahorrado cada cotizante. Esta ayuda económica tendrá un tope máximo de 30 UF, algo así como 1,1 millones de pesos, para quienes tengan más ahorros.
El autopréstamo podrá ser solicitado por los afiliados que se encuentren a cinco años o más del cumplimiento de la edad legal de pensión.
Se considera un “autopréstamo”, porque la misma persona deberá reponer esos recursos, en UF, sin que se apliquen intereses.
¿Cómo se devuelve el autopréstamo?
Tal como está el proyecto ahora, la devolución del préstamo se efectuará mediante el pago de cuotas calculadas como el 2% de las remuneraciones y rentas imponibles de la persona afiliada, que se pagará a partir del mes subsiguiente al de la solicitud del préstamo, junto con el pago de las cotizaciones obligatorias.
El pago del préstamo se efectuará cada mes en que la persona afiliada cotice en calidad de trabajadora o trabajador dependiente, independiente o voluntario, y hasta el mes en que salde el total de la deuda.
La persona afiliada podrá en cualquier momento saldar parcial o totalmente el monto adeudado.
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El pago del préstamo en el caso de las personas trabajadoras dependientes, se efectuará por la o el empleador simultáneamente con el pago de las cotizaciones obligatorias.
¿Cuántos autopréstamos se pueden realizar?
Mientras una persona afiliada tenga vigente el préstamo, no podrá solicitar otro, hasta la amortización total del mismo. Una vez pagado el préstamo, la persona podrá pedir uno nuevo.