La Superintendencia de Pensiones (SP) emitió una nueva normativa que establece que las AFP estarán obligadas a ofrecer a sus usuarios la opción de realizar de manera remota y vía digital todos aquellos trámites que antes requerían presencialidad.
Esta nueva normativa comenzará a regir desde el próximo 1 de enero de 2024.
Si bien ya existen trámites que hoy se pueden realizar a través de los sitios web y call center, al siguiente listado se suman los nuevos trámites que será obligatorio ofrecer por vía remota a contar del próximo año.
"Con esto, el regulador busca que las personas puedan tramitar con mayor facilidad sus requerimientos y la obtención de beneficios previsionales", señaló la Superintendencia de Pensiones.
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Estos son los 17 trámites más eficientes:
1. Traspasar cuentas personales de una AFP a otra.
2. Realizar Cambio de Fondo de Pensiones.
3. Requerir retiros de cotizaciones voluntarias, ahorro voluntario y ahorro previsional voluntario colectivo, suscribiendo la respectiva solicitud de retiro.
4. Suscribir los siguientes formularios asociados al trámite de pensión y la obtención de beneficios previsionales:
- Solicitudes de Pensiones (pensión de vejez edad y anticipada, Pensión de invalidez y Pensión adicional - afiliado pensionado).
- Solicitud de Certificación de Enfermo Terminal.
- Solicitud de Cálculo de Excedente de Libre Disposición y Solicitud de Pago de Excedente de Libre Disposición.
- Selección Modalidad de Pensión (vejez edad, de vejez anticipada y pensión de invalidez).
- Solicitud de Cuota Mortuoria.
- Destino de Cotizaciones Voluntarias.
- Solicitud de Cambio de Modalidad de Pensión y Decisión de Cambio Modalidad de Pensión (para pensión de vejez edad y anticipada y de invalidez).
- Solicitud de Anticipo Renta Vitalicia Diferida y Decisión Anticipo Renta Vitalicia (pensión de vejez edad, de vejez anticipada y pensión de invalidez).
- Solicitud Pensión de Referencia Ley N° 18.753 y Solicitud Aporte Adicional Ley N° 18.753.
- Transferencia de Fondos desde la Cuenta de Ahorro Voluntario a la CCICO.
- Solicitud de Transferencia de Fondos desde la Cuenta Individual por Cesantía.
5. Suscribir el formulario Opción de Fondo de Pensiones para el Excedente.
6. Suscribir el formulario Selección de Alternativas de Ahorro Previsional Voluntario y su correspondiente revocación.
7. Emitir y entregar la cartola cuatrimestral resumida y detallada.
8. Emitir y entregar un certificado histórico de cotizaciones, el que debe contener información del trabajador desde la fecha de afiliación al sistema previsional.
9. Emitir y entregar un certificado con el número de meses con cotizaciones declaradas y pagadas y las declaradas impagas en el sistema previsional, que permite invocar al trabajador el derecho que le asiste, según el artículo 68 del Código del Trabajo.
10. Emitir y entregar un certificado de cotizaciones por trabajos pesados, el que debe contener información por separado según tasa de cotización, indicando la cantidad de meses y años correspondientes al tiempo de rebaja en la edad legal para pensionarse y el monto actualizado de acuerdo a la fluctuación de los valores cuota, de las cotizaciones efectuadas a partir del 1 de junio de 2022.
11. Solicitar y obtener certificados de afiliación, movimientos y saldos de las cuentas personales. En caso del certificado de afiliación, deberá indicar la fecha de afiliación al sistema y a la administradora.
12. Recibir los reclamos de las y los afiliados a través del sitio y resolverlos de acuerdo con los procedimientos y plazos establecidos en la normativa. Para eso, las AFP podrán establecer otros procedimientos distintos de los definidos en la normativa, previa aprobación de la SP.
13. Solicitar la Clave de Seguridad.
14. Suscribir el formulario Solicitud-Convenio para Distribución de Saldos, Cotizaciones y/o Traspaso Futuro de recursos previsionales.
15. Suscribir el formulario Autorización de descuento de la cuenta de ahorro voluntario, y su correspondiente revocación.
16. Suscribir el formulario Solicitud de Incorporación.
17. Suscribir formularios asociados a la cuenta de ahorro de indemnización:
- Cuenta de indemnización obligatoria: trabajador/a de casa particular.
- Retiros de ahorro de indemnización.