Suspensión laboral: más de 60 mil trabajadores recibirán este mes su último pago
La pandemia por el coronavirus que afecta al país y al mundo ha tenido un gran impacto en el funcionamiento de la economía local.
Tanto así que, según el último informe del Instituto Nacional de Estadística (INE), en un año se han perdido 1,8 millones de empleos en el país y la tasa de desocupación se alzó sobre el 12%.
Frente a este panorama, muchos trabajadores se acogieron a la Ley de Protección del Empleo, la cual permite que, dada una decisión de la autoridad o un pacto entre el trabajador y el empleador, se podrá suspender temporalmente el trabajo en la empresa, pero manteniendo el empleo, el contrato y todos los derechos laborales, como el pago de las cotizaciones por parte del empleador.
En este escenario, se suspenderá el pago de las remuneraciones por parte de la empresa y el trabajador pasará a recibir ingresos desde el seguro de cesantía. Esto le permitirá acceder durante el primer mes a una cobertura del 70% de su sueldo, la que irá disminuyendo los meses venideros acorde a sus ahorros.
“En el caso de la ley 21.227 (protección del empleo), dado que su vigencia expira el 6 de octubre, el máximo de giros son cinco (con contrato indefinido), en la medida que el trabajador haya partido con la suspensión desde el 6 de abril, fecha de vigencia de la ley”, explicó el ex director del Trabajo, Marcelo Albornoz en El Mercurio, mientras que para el caso de los trabajadores con contrato a plazo fijo, la ley establece un máximo de tres giros.
Debido al efecto retroactivo de la norma y de acuerdo a los datos entregados por la Superintendencia de Pensiones, son 62.518 personas las que cobrarán la última transferencia este mes.
El tema recae ahora en qué sucederá una vez terminados estos pagos. En este sentido, desde el Ministerio del Trabajo explicaron que si las condiciones siguen igual (imposibilidad de volver a trabajar y se mantiene el acuerdo con el empleador), se mantiene la suspensión y el empleador debe seguir pagando las cotizaciones, aunque no se tendrá derecho a más pagos del Seguro de Cesantía.
Albornoz explicó que estos giros terminarán ahora porque la vigencia de la ley es hasta el 6 de octubre a menos que se apruebe el proyecto de ley sobre la extensión de las prestaciones que actualmente se discute en el Congreso.
El Ministerio del Trabajo, según El Mercurio, precisó que la actual ley de protección del empleo no considera la extensión del número de giros, pero el proyecto de ley si lo hace.
“El proyecto aumenta en cinco meses la vigencia para que los trabajadores puedan acceder a esta ley y optar a la suspensión de contratos, es decir de octubre (como esta hoy) hasta febrero de 2021. Además sube el máximo de giros hasta siete sin hacer distinción entre trabajadores a contrato indefinido, fijo o por obra o faena. Y eleva el monto que entrega cada uno de esos giros al 55% del salario imponible hasta el cuarto giro, pudiendo subir el quinto de 45% a 55% por un simple decreto del Ministerio del Trabajo, y el sexto y séptimo a un mínimo de 45% también por la misma vía”, expresaron desde la cartera.